11 de agosto - 2026

Segunda parte de la elección podría aplazarse para 2028
Por Selene Sosa
La Fracción Parlamentaria de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) en la LXV Legislatura del Congreso de Tlaxcala planteó armonizar las reformas constitucionales al Poder Judicial para que la segunda parte de la elección de sus integrantes sea aplazada para 2028, como sucederá a nivel federal.
Este martes en Sesión Extraordinaria, la Comisión Permanente dio lectura a la propuesta de las y los diputados de MORENA para armonizar la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala respecto de los tiempos del Proceso Electoral del Poder Judicial.
“Se propone que la segunda etapa de la elección de personas juzgadoras de los diversos órganos jurisdiccionales del Estado de Tlaxcala se postergue y tenga como verificativo el primer domingo del mes de junio del año 2028, de forma concurrente con el Proceso Electoral Federal Ordinario del Poder Judicial Federal”.
Ello, bajo la justificación de que, aunque aseguraron que la elección directa de jueces y magistrados fue exitosa, también quedó evidenciado que es perfectible, sobre todo en cuanto a tiempos se refiere.
“De acuerdo con el pasado ejercicio comicial, se advierte que es posible mejorar la experiencia democrática de las elecciones de personas juzgadoras a través de la determinación en las normas de mayor claridad, información y fijación de tiempos. También posible mejorar la participación del Congreso del Estado, de los Comités de Evaluación, de establecer las fechas exactas en las que tendrán verificativo ciertos actos, evitando la fórmula de periodicidad que privilegia la aparición de eventos escalonados y que tornaba complejo el procedimiento para los aspirantes y candidatos pues desconocían el momento exacto en el que debían comenzar a prepararse para su evaluación”.
Para ello, el proyecto busca reformar el Artículo 25; los Párrafos Segundo y Quinto de la Fracción XV del Artículo 54; los Párrafos rimero, Décimo y Décimo Primero del Artículo 79; la Fracción X del Artículo 80; y las Fracciones II y IV del Artículo 83.
Así como el Párrafo primero, las Fracciones I, II, III, Incisos B) y C), IV y V y los Párrafos Segundo y Tercero de la Fracción V del Artículo 84; las Fracciones I, II y III del Artículo 85; los Párrafos Sexto, Décimo, Penúltimo y Último del artículo 85 TER; los Párrafos Primero y Cuarto del Artículo 95; y los Párrafos Tercero y Sexto del Artículo 97 BIS.
Asimismo, se adicionaría un Párrafo Décimo Segundo al Artículo 79; tres Párrafos finales al Artículo 84 y una Fracción IV al Artículo 85 de la Constitución Local.
Al tiempo se tendrían que reformar los Artículos Segundo y Terceros Transitorios y adicionarse un Párrafo al Artículo Segundo Transitorio del Decreto No. 119, publicado el pasado 19 de diciembre de 2024.
El proyecto fue turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos que preside el Diputado Independiente, Jaciel González Herrera, para su análisis y dictaminación.

