18 de mayo - 2025
Se contrató a la razón social “Evaluare Expertos en Políticas Públicas Sociedad Anónima de Capiral Variable”
Por Selene Sosa
Dado que la Dirección de Notarías y Registros Públicos del Estado no cuenta con personal suficiente, instalaciones adecuadas, capacidad operativa y presupuesto para llevar a cabo la capacitación y evaluación de aspirantes a notarios, en conjunto con la Secretaría de Gobierno (SEGOB) autorizaron un Centro Capacitador para dicho propósito.
A través de una publicación en el Periódico Oficial del Estado, se dio a conocer el Acuerdo por el que se Autoriza un Centro Capacitador para la Impartición del Curso de Formación de Aspirantes a Notario, siendo la razón social “Evaluare Expertos en Políticas Públicas Sociedad Anónima de Capital Variable” la encargada de ello.
El pasado 09 de mayo, la Oficialía Mayor de Gobierno (OMG) publicó el Acuerdo en cuestión en el que el titular de la SEGOB, Luis Antonio Ramírez Hernández, en conjunto con la responsable de la Dirección de Notarías, Dora Delia Hernández Roldán, autorizan a la razón social referida.
Ello luego de reconocer que actualmente la Dirección de Notarías, “como órgano auxiliar en la formación de aspirantes al ejercicio del notariado” no cuenta con la capacidad operativa, ni de personal, ni de infraestructura para cumplir con su cometido, de ahí la necesidad de hallar alternativas para acatar dicha encomienda legal.
“El objeto del curso es proporcionar a los aspirantes conocimientos jurídicos especializados en materia notarial, así como desarrollar habilidades prácticas y éticas, por lo que es indispensable que su impartición se lleve a cabo bajo estándares de calidad académica”.
Supuestamente, Dora Delia Hernández realizó un análisis comparativo de diversas instituciones educativas, así como de centros y sociedades especializadas en materias relacionadas con la función notarial siendo “Evaluare Expertos en Políticas Públicas Sociedad Anónima de Capital Variable” la halla como “ideal” para tal tarea.
Lo anterior, con base en lo dispuesto en el Artículo 23, Fracción IV de la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala, el cual establece que el interesado en obtener la Constancia de Aspirante que será otorgada por el titular del Ejecutivo deberá cumplir con ciertos requisitos, entre ellos la realización de prácticas notariales.