27 de agosto - 2026

Consulta el calendario laboral de septiembre de 2026, la diferencia entre asueto y descanso obligatorio y las reglas para calcular el pago.
Fuente: PROCESO
La Ley Federal del Trabajo reconoce una sola fecha de descanso obligatorio durante septiembre de 2026.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).— Con la llegada de las fiestas patrias, trabajadores y empleadores comienzan a revisar el calendario laboral para saber qué fechas de septiembre podrán ausentarse con goce de sueldo. Sin embargo, no todas las celebraciones ni suspensiones escolares tienen el carácter de feriado oficial.
La confusión suele concentrarse en el 15 y 16 de septiembre, debido a que las ceremonias del Grito de Independencia comienzan desde la noche previa. La Ley Federal del Trabajo establece una sola fecha como descanso obligatorio durante este mes.
En concreto, septiembre de 2026 tendrá un descanso obligatorio: el miércoles 16 de septiembre, aniversario del inicio de la Independencia de México. El 15 de septiembre será un día laboral ordinario, salvo que el contrato colectivo, las condiciones individuales o la política interna de la empresa concedan el descanso.
Cuál es el descanso obligatorio de septiembre de 2026
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo incluye expresamente el 16 de septiembre como descanso obligatorio. La disposición se aplica a las relaciones laborales reguladas por el Apartado A del artículo 123 constitucional, principalmente trabajadores del sector privado.
La fecha caerá en miércoles y la legislación no establece que deba recorrerse al lunes anterior o posterior. Por tanto, no habrá un puente laboral oficial con motivo de las fiestas patrias, aunque cada centro de trabajo puede otorgar días adicionales como prestación.
Tampoco es obligatorio suspender actividades el martes 15. Quienes laboren durante esa fecha deberán recibir su salario habitual, incluso si su jornada coincide con celebraciones nocturnas o actos cívicos.
Qué deben saber los trabajadores sobre el 16 de septiembre de 2026
La regulación laboral distingue entre descanso obligatorio y permisos concedidos por las empresas. Estos son los puntos principales:
El miércoles 16 de septiembre no se labora, salvo que la operación de la empresa requiera personal.
Trabajadores y empleadores deben acordar cuántas personas prestarán servicio; si no existe convenio, resolverá el tribunal laboral.
El 15 de septiembre no es feriado oficial para trabajadores.
Un día sin clases determinado por autoridades educativas no modifica automáticamente el calendario laboral.
Contratos colectivos o reglamentos internos pueden conceder prestaciones superiores a las establecidas por la ley.
La Profedet señala que existe un año para reclamar el pago correspondiente por trabajar durante un descanso obligatorio.
Cuánto deben pagar si se trabaja el 16 de septiembre
El artículo 75 de la LFT dispone que quienes presten sus servicios durante un descanso obligatorio recibirán, además del salario correspondiente al día, un salario doble por el trabajo realizado.
Esto equivale, en términos prácticos, a un pago triple. Si una persona gana 500 pesos diarios y trabaja el 16 de septiembre, deberá recibir 1,500 pesos: 500 correspondientes al descanso pagado y 1,000 adicionales por el servicio.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo confirma que trabajar en día festivo genera pago triple y ofrece orientación gratuita cuando el empleador incumple esta obligación.
Descanso obligatorio no significa vacaciones
El 16 de septiembre no debe descontarse de vacaciones ni sustituirse unilateralmente por otra fecha. Si la empresa decide cerrar también el día 15, deberá informar bajo qué condiciones se concederá ese permiso.

