Instruye ITE a Sánchez García el blanqueo de 22 bardas más
28 de julio - 2026

Tendrá un plazo de 48 horas para acatar las medidas cautelares

Por Selene Sosa

Aunque en todos los municipios aún persisten las bardas que fueron pintadas para hacer promoción política a Alfonso Sánchez García, Presidente Municipal de Tlaxcala con licencia, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) resolvió aplicarle medidas cautelares sobre 22 bardas, por lo que contará con 48 horas para su blanqueamiento.

En Sesión Extraordinaria, el Consejo General (CG) del Organismo Público Local Electoral (OPLE), aprobó aplicar nuevamente medidas cautelares al aspirante a la Coordinación Estatal del Comité de Defensa Nacional de la Transformación de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), de cara al Proceso Electoral Local Ordinario (PELO) 2026-2027.

Es de precisar que, José Carlos Hernández Pérez presentó una queja contra Alfonso Sánchez por la presunta comisión de conductas que contravienen la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Tlaxcala (LIPEET) y aunque en su momento el Presidente del ITE, Emmanuel Ávila González exentó al edil capitalino de las medidas cautelares, le dieron un revés.

El quejoso impugnó el Acuerdo del ITE por el cual Ávila González exentó a Sánchez García de las medidas cautelares consistentes en el blanqueo de bardas y retiro de lonas, microperforados, pegatinas, flyers y otros materiales impuestos en viviendas y lugares públicos para su promoción personal.

La impugnación ante el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) llevó al CG del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones a generar un nuevo acuerdo en el que, finalmente, se le aplicaron las medidas cautelares al morenista, no obstante, la queja continúa su curso ya que no ha sido resuelta.

En este sentido, este martes, las y los Consejeros Electorales consideraron procedente la aplicación de medidas cautelares en contra de Alfonso Sánchez para que blanquee 22 bardas ubicadas principalmente en los municipios de San Pablo del Monte y Zacatelco.

Cabe señalar que, a su vez, determinaron improcedente la aplicación de medidas cautelares solicitadas por el quejoso sobre poblaciones en Facebook y la distribución de microperforados, pegatinas y volantes ya que no se acreditó la existencia de tales recursos.