Avala SCJN remover a jueces por «retiro forzoso» al cumplir 65 años de edad
11 de julio - 2017

 

Por José Luis Ahuactzin

De manera sorpresiva, el Pleno de la Sala Superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio luz verde para que jueces de primera instancia del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) puedan ser removidos mediante «retiro forzoso» de su cargo por cumplir los 65 años de edad.

Tras resolver, en sesión pública del pasado lunes, la acción de inconstitucionalidad 128/2015 interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), respecto de que se debería declarar la invalidez del último párrafo del artículo 84 que contempla la edad de 65 años para remover a jueces de primera instancia, por mayoría de votos, los ministros consideraron que sí es legal el proceso de remoción y no vulnera derechos a los jueces.

En consecuencia, señala que el Consejo de la Judicatura del poder Judicial no juzgaría una remoción del cargo, ni incurriría en discriminación o vulneración de derechos, sino que la edad es una causal para el «retiro forzoso» por ministerio de ley, y no por decisión de una autoridad administrativa.

«Por lo que el proyecto concluye que dichos supuestos constituyen causas adicionales de terminación del cargo y no supuestos de remoción…».

Con esta determinación, por mayoría de votos de los ministros Franco González Salas, Arturo Zaldivar Lelo de Larrea, Lucia Piña Hernández, Eduardo Medina Mora, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán, señalaron que se reconoce la validez del artículo 84, párrafo último de la Constitución Política del Estado de Tlaxcala.

Con votos en contra de la ministra Beatriz Luna Ramos y José Ramón Cossío Díaz.

Esta reforma fue publicada mediante Decreto 136, cuya aprobación de la reforma constitucional fue hecha el 6 de noviembre de 2015.