Libra CEDH condena de laudo, momentáneamente
23 de septiembre - 2016

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Por José Luis Ahuactzin

La Comisión Estatal de los Derecho Humanos de Tlaxcala (CEDH), libró momentáneamente la condena de un laudo con cifras considerables que data desde el 2010, pues este viernes el Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, determinó dejar sin efectos la sentencia de laudo que emitió la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA).

“La Justicia de la Unión ampara y protege a la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala, en contra del acto reclamado de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tlaxcala, consistente en el laudo dictado el diez de julio de dos mil catorce, en el expediente laboral C.D.T. 357/2010-2…”.

Dentro de la resolución emitida, dentro del expediente de amparo directo en materia laboral 1247/2014, determinó que existe “violación formal. Incurre en ella la junta (de Conciliación y Arbitraje) responsable que al dictar el laudo omite establecer el procedimiento para calcular el monto de las prestaciones a que resulta condenada la enjuiciada (CEDH)…”.

Por lo que en la resolución fue revocada debido a que la JLCA “de manera dogmática resolvió que a la accionante, por aguinaldo, le corresponden 8.95 días, en tanto que por vacaciones, 3.58; lo que da lugar a que, tal como lo precisa la quejosa, el laudo sea ilegal, pues le imposibilita conocer el fundamento legal que sustenta la decisión de la junta, con el propósito de impugnarla debidamente…”.

Por ello, se deberá de emitir una nueva condena a la CEDH en la que se analice “de manera fundada y motivada establezca el procedimiento del cálculo para fijar el monto de aguinaldo y vacaciones a que resultó condenada la quejosa (CEDH)…”.

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