21 de octubre - 2026

No obstante, insiste en que los Congresos Estatales pueden vigilar la aplicación de recursos federales
Por Selene Sosa
Luego de que el Ayuntamiento de Contla presentó la Controversia Constitucional 245/2026 en contra del Congreso del Estado por la fiscalización de los Recursos Federales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la Tesis de Jurisprudencia P./J. 203/2026; no obstante, el Congreso de Tlaxcala insiste en que puede vigilar el uso de dichos recursos.
Hay que recordar que, el Congreso de Tlaxcala reprobó las Cuentas Públicas de Contla de Juan Cuamatzi, de la administración de Eddy Roldán, por lo que este promovió una Controversia Constitucional ante la Corte, misma que resultó a su favor.
Ello, derivado de que el Órgano de Fiscalización Superior (OFS), órgano técnico del Congreso del Estado, no contaba con un convenio de coordinación y colaboración vigente con la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para poder fiscalizar los recursos federales que administran los municipios.
A raíz de ello, la SCJN emitió el pasado viernes 16 de octubre de este año la Tesis de Jurisprudencia con registro digital 20322783, en la que se establece que, los Congresos Estatales no pueden fiscalizar recursos federales ya que ello es competencia de la ASF.
SIn embargo, los órganos técnicos pueden celebrar convenios de coordinación y colaboración con la Auditoría Superior de la Federación para revisar los recursos provenientes de la Federación a los municipios.
En entrevista colectiva, el Diputado Presidente de la Comisión de Finanzas y Fiscalización de la LXV Legislatura del Congreso de Tlaxcala, Bladimir Zainos Flores, reconoció la Tesis de Jurisprudencia emanada del asunto con Contla de Juan Cuamatzi, no obstante, aseguró que ello no marca un precedente.
Según lo declarado por el también Coordinador de la Fracción Parlamentaria del Partido Nueva Alianza Tlaxcala (PNAT), lo que resalta del asunto es que los Congresos Estatales no quedaron impedidos de revisar la aplicación de recursos federales, sino más bien, dicha acción quedó condicionada.
Es decir, para que los Congresos Estatales puedan revisar el uso que los municipios le dan a los recursos federales, debe haber de por medio un convenio de coordinación y colaboración entre el OFS y la ASF. En tanto, el Órgano de Fiscalización podrá fiscalizar únicamente recursos locales.

