Temas pendientes
11 de agosto - 2015

Por Ivonne Leyva

Parece una costumbre para muchas instituciones que los procedimientos, quejas y denuncias las resuelven “cuarto para la hora” por referirme a este tema de manera coloquial, ya que estamos a unos cuantos días para integrar los órganos de gobierno y apenas se están resolviendo tanto denuncias penales, quejas administrativas y algunos recursos.

Y es que en materia electoral es necesario que las denuncias presentadas antes, durante y después de concluida la jornada electoral, en muchas casos sus resoluciones son trascendentes para resolver juicios y recursos interpuestos ante el Tribunal Electoral del poder judicial de la federación, conocido como TRIFE, y es que como ya lo habíamos comentado en otras notas, la legislación electoral federal estableció como causal de nulidad de las elecciones, el rebase en el tope de gastos de campaña en un 5%, por aquellos candidatos independientes o registrados.

Por lo que la autoridad jurisdiccional ha urgido a resolver todas aquellas quejas presentadas relacionadas con el rebase de topes de campaña en atención a una facultad expresamente contemplada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 41 fracción V Apartado B numeral 7 párrafo segundo, en cuanto a que es facultad del Instituto Nacional Electoral, llevar a cabo la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos y de las campañas de los candidatos así mismo se establece como integrante del sistema de nulidades al rebase de topes de campaña en un cinco por ciento del monto autorizado previamente por el consejo general.

Y es que es importante decir, que son dos puntos a tocar en el financiamiento; el primero tiene que ver con los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos presentados al Consejo General para ser turnados a la Comisión de Fiscalización, quien trabaja con la Unidad Técnica de Fiscalización, y en el segundo punto son todas aquellas quejas presentadas por ciudadanos, candidatos y partidos políticos a efecto de iniciar el procedimiento de investigar y deducir de las pruebas obtenidas y aportadas si existe o no, un exceso de gastos de campaña, por lo que en caso de comprobar un exceso de gastos, significaría que los informes presentados presentan “inconsistencias contables” por llamarlo de alguna manera, razón por la cual es de suma importancia su resolución.

Así también esta solicitud del TRIFE para el INE, tiene dos objetivos el primero es dar certeza, a todos aquellos candidatos, ciudadanos y partidos políticos que interpusieron su impugnación de contar con un procedimiento jurisdiccional apegado a los principios del derecho en general y del derecho electoral, además de que los partidos políticos deben ajustarse a la normativa aplicable en beneficio del sistema democrático, ya que recordemos que al sancionar a quienes hacen mal las cosas, enseñamos con el ejemplo, y en Tlaxcala estamos próximos a iniciar proceso electoral.

Son varios procedimientos que el Consejo General del INE tiene por resolver correspondientes a los procedimientos electorales federal, y los locales de Baja California Sur, Campeche, Colima, Distrito Federal, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tabasco, Sonora y Yucatán, como puede darse cuenta aún hay tarea pendiente para el INE.

Agradezco la atención a este espacio de opinión y espero sus comentarios al correo electrónico Ivonne_ley@live.com.mx