Incumplen 12 ayuntamientos Ley de Protección a Migrantes 
21 de julio - 2014

La legislación faculta sancionar a ediles

Tlaxcala| Manuel Morales.- A siete meses de haber tomado protesta como presidentes municipales, 12 de los 60 incumplen con la Ley de Protección a Migrantes y sus Familias respecto de crear un Centro de Enlace de Atención con sede en la cabecera municipal correspondiente.

Lo anterior se encuentra establecido en el artículo 19, sin embargo, la misma legislación faculta iniciar un proceso de responsabilidad, incluso penal, dependiendo el caso.

En conferencia de prensa en la sede de la Coordinación de Información y Relaciones Públicas del gobierno estatal, el titular de la Dirección de Atención a Migrantes (DAM), Roberto Sánchez Hernández, explicó que falta “voluntad” de las autoridades y aunque se dijo respetuoso del ámbito de competencia, admitió que en Tlaxcala incumplen con la legislación para la defensa de los derechos de los migrantes tlaxcaltecas.

Tras negarse a informar los nombres de los Ayuntamientos incumplidos, indicó que del 31 de julio al 27 de agosto, iniciará un curso con los 48 municipios que sí han conformado sus enlaces municipales para capacitarlos en materia de atención, trámites, seguimiento y pasos que se deben seguir a la hora de solicitar el apoyo de alguna autoridad por casos de migrantes.

Reforzarán los temas de derechos y obligaciones de los migrantes, leyes migratorias, educación migrante, repatriación, empleo temporal, proyectos productivos, legalización de documentos en el extranjero, entre otros.

Y aunque dejó a la deriva el tema de las sanciones e incumplimiento a la legislación por parte de los presidentes municipales, se limitó a informar que la capacitación es para los representantes de dichos enlaces aunque no tenga algún perfil, sólo que sea reconocido por el Ayuntamiento respectivo.

La actual legislación, establece en su artículo 24, de las Sanciones, que “los servidores públicos que incurran en el incumplimiento de lo previsto en la presente Ley serán sancionados en términos de lo establecido en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala, sin perjuicio de la responsabilidad penal o de otra índole que prevean otras disposiciones legales”.