4 de noviembre - 2026

El Pleno resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 104/2026 promovida por MORENA en ese estad
Por Selene Sosa
En su Sesión Ordinaria del martes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó las Acciones Afirmativas para postular exclusivamente mujeres en municipios que han sido históricamente gobernados por hombres en Querétaro, lo que marca un antecedente para las impugnaciones que partidos políticos presentaron en Tlaxcala.
La presidencia del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) tramitó ante la Corte una Acción de Inconstitucionalidad, registrada como 104/2026 contra diversos artículos de la Ley Electoral del Estado de Querétaro.
Las disposiciones constitucionales de dicha entidad establecen medidas afirmativas de «elección consecutiva» y «sin perjuicio de que se postule a mujeres de manera consecutiva», lo que fue considerado por las y los Magistrados como una «Acción Afirmativa razonable y proporcional para revertir la discriminación histórica contra las mujeres».
De ahí que reconocieron la validez de la norma en cuestión y de los artículos en la materia puesto que, justificaron «El tema… no vulnera la autoorganización de los partidos políticos que debe armonizarse con el Principio Constitucional de Paridad de Género», pese al descontento del promovente.
De manera específica, el Congreso del Estado de Querétaro estableció en su Ley Electoral que los Partidos Políticos deberán postular exclusivamente mujeres en al menos dos municipios donde históricamente no hayan sido electas por voto polupar como Presidentan Municipales.
Asimismo, estableció la posibilidad de la reelección de mujeres, dado que la disposición constitucional, producto de la Reforma Federal, en la que se prohibe la reelección entrará en vigor a partir de 2030, por lo que para el Proceso Electoral de 2027, aún es posible.
Ello fue validado por el Alto Tribunal ya que, «esa clase de medidas puede resultar razonable cuando responde a realidades tangibles que impactan de manera desproporcionada a las mujeres y aumenta sus posibilidades de acceso efectivo al cargo en la integración de los ayuntamientos».
Asimismo, resolvió que el hecho de que la acción afirmativa reserve la postulación a determinados municipios para mujeres no implica, por sí mismo, una vulneración al derecho a ser votado de los hombres, es decir, no cancela el derecho de participación politica en general ni establece una exclusión permanente.
Lo anterior, marca un significativo precedente para el contexto político en Tlaxcala, luego de que ciudadanos, alcaldes en funciones y Partidos Políticos impugnaron los Lineamientos de Paridad de Género para el Proceso Electoral Local Ordinario (PELO) 2026-2027 emitidos por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).
Para el caso de Tlaxcala, en la reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales (LIPEET), las y los integrantes de la LXV Legislatura del Congreso Local optaron por deslindarse de la responsabilidad de las Acciones Afirmativas, excluyéndolas de las modificaciones aprobadas.
Así, fue el ITE, a cargo de Emmanuel Ávila González, el encargado de establecer las medidas afirmativas para los comicios electorales del próximo año, imponiendo a los Partidos Políticos y Candidaturas Independientes la reserva de 15 municipios para la postulación exclusiva de mujeres al no haber sido históricamente gobernados por una.
Ello causó la inconformidad de las fuerzas políticas y de Presidentes Municipales en funciones, quienes, al corte del 28 de octubre, presentaron un total de 27 impugnaciones al Acuerdo ITE-CG 67/2026, sobre los Lineamientos de Paridad de Género, las cuales deberán resolverse previo al arranque del Proceso Electoral el próximo 06 de diciembre.
Los Partidos Políticos alegaron que la obligatoriedad de reservar 15 alcaldías exclusivas para mujeres trasgrede la libertad de autodeterminación de los institutos, mientras que los alcaldes en funciones reprocharon el impedimento a su reelección.
Las reglas en materia de paridad han causado una gran discusión, también, en el ámbito social, prinicipalmente de organizaciones civiles y líderes de opinión feministas quienes aplauden la medida del ITE, no obstante, respecto de las quejas, el Consejero Presidente del Organismo Público Local Electoral (OPLE) no ha emitido ningún posicionamiento.

