ANTÍPODAS: La Ley Monreal, blindaje a las derrotas de Morena
1 de junio - 2026

Por Juan Manuel Cambrón Soria

Las democracias modernas no descansan únicamente en el ejercicio del voto, su basamento está en la confianza de que las reglas del juego son claras, previsibles y aplicables por igual a todos los competidores; es decir, una elección democrática no se define solamente porque la ciudadanía acuda a las urnas, sino porque los actores políticos que participan acepten con antelación el conjunto de reglas que configuran los procesos de transición del poder, mismas que requieren sine qua non ser neutrales y relativamente estables para procesar eventuales conflictos políticos con dosis altas de certeza.

En el marco de la ciencia política, el estudio de los sistemas electorales tiene como eje central la idea de que las reglas importan. El politólogo italiano Giovanni Sartori dedicó buena parte de su obra a explicar cómo la ingeniería constitucional y electoral moldea el comportamiento de partidos, gobiernos e instituciones. No se trata de tecnicismos jurídicos ni de debates reservados a especialistas; se trata de la arquitectura constitucional sobre la cual descansa la competencia democrática, lo cual no es cosa menor.

Toda democracia funcional requiere un delicado equilibrio institucional que se plasma en la constitución, operando desde ahí como marco normativo del poder, delimitando facultades, estableciendo contrapesos y diseñando mecanismos de acceso y sustitución del gobierno. Modificar las reglas del juego no es tema banal, especialmente cuando hablamos de nulidades electorales, pues anular una elección representa una de las decisiones más extraordinarias del proceso político dentro de un régimen democrático. Por ello, las causales de nulidad suelen construirse bajo estándares estrictos: deben ser precisas, objetivas y sujetas a parámetros verificables; en otras palabras, una democracia sana necesita certidumbre.

Desde la mirada a estos argumentos, observo con preocupación la iniciativa presentada por Ricardo Monreal para reformar el artículo 41 constitucional e introducir una nueva causal de nulidad electoral por “intervención extranjera”. La propuesta, en apariencia, persigue un objetivo razonable: blindar la soberanía nacional frente a posibles intentos externos de influir en elecciones mexicanas. En abstracto, difícilmente alguien podría oponerse a proteger la autodeterminación democrática del país. No obstante, existen riesgos en el evidente trasfondo de la propuesta, que busca empujar al sistema político mexicano a una autocracia.

La propuesta establece como causal de nulidad la existencia de “intervención de individuos, organizaciones o gobiernos extranjeros con la intención de influir en las preferencias o en los resultados electorales”; y es ahí donde emergen los riesgos.

Desde la perspectiva de técnica legislativa y diseño institucional, la redacción presenta una preocupante vaguedad conceptual. ¿Qué debe entenderse exactamente por “intervención”? ¿Basta una declaración pública de un actor extranjero? ¿Una investigación periodística internacional sobre un candidato? ¿Un informe de organismos multilaterales? ¿Campañas digitales operadas desde el exterior? Más delicado aún: ¿cómo se acredita jurídicamente la “intención de influir”?

La iniciativa tampoco establece umbrales objetivos para determinar cuándo dicha injerencia sería suficientemente grave como para justificar la anulación de una elección. No fija porcentajes de afectación, diferencias mínimas de votación, estándares probatorios específicos ni parámetros cuantificables de determinancia. En otras palabras, deja amplios márgenes abiertos a la interpretación, por lo que esas zonas grises serían terreno fértil para la discrecionalidad.

El planteamiento del partido en el poder centra en el Tribunal Electoral la facultad de valorar, caso por caso, si existió una afectación determinante al proceso; sin embargo, me asalta una inquietud: ¿es prudente ampliar facultades interpretativas tan delicadas cuando existe un ambiente de creciente desconfianza hacia las instituciones arbitrales?

El problema de fondo no radica únicamente en el propósito declarado de la reforma, sino en los incentivos que podría generar. Las elecciones necesitan incertidumbre sobre el resultado, pero absoluta certeza sobre las reglas; pero si las normas se vuelven ambiguas o excesivamente interpretables, aparece el riesgo de judicializar resultados que no le convengan al hoy partido hegemónico o convertir disputas políticas en controversias constitucionales permanentes.

La experiencia comparada muestra que las democracias no suelen erosionarse mediante rupturas espectaculares, por el contrario, con mucha frecuencia el debilitamiento es precedido de modificaciones graduales a su arquitectura, que, bajo argumentos aparentemente razonables, terminan extinguiendo la neutralidad de las reglas. 

Al final, las democracias fracasan si se manipulan los votos y el resultado, pero también se deterioran en el momento en que la fuerza política dominante pretende rediseñar las reglas del juego electoral para el día en que el resultado deje de favorecerle; y todo indica que la Ley Monreal es la antesala que pretende blindar a Morena de las derrotas; es decir, cuando pierdan una elección, tendrán el pretexto perfecto en el argumento de una supuesta injerencia externa, para anular un resultado que no les guste.

Las opiniones vertidas en este espacio son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan, necesariamente, el pensamiento de Gentetlx