Logra Adriana Dávila que TEPJF reconozca inequidad en proceso por dirigencia nacional del PAN
1 de marzo - 2022

Por José Luis Ahuactzin

La exdiputada federal y ex candidata a la dirigencia nacional del PAN Adriana Dávila Fernández, logró que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reconociera que, durante el proceso interno para la renovación de la dirigencia nacional del PAN en el 2021, existió inequidad entre los entonces candidatos, y sólo beneficiando al candidato y dirigente nacional con licencia Marko Cortés, en el 2021.

Al resolver el expediente 10/2022, la magistrada Janine Otálora Malassis, ponente del proyecto, en su sentencia resolvió que el partido político PAN benefició con los espacios para promoción en radio, televisión y medios de comunicación, sobreexponiendo la imagen positiva únicamente del contendiente Marko Cortés y ahora dirigente nacional del PAN.

Por ello, la sentencia versó en que se ‘revoca la sentencia dictada por la Sala Especializada en el procedimiento especial sancionador SRE-PSC-181/2021, debido a que se acreditó que el Partido Acción Nacional no garantizó las condiciones para que el proceso de renovación de la dirigencia se realizara conforme al principio de equidad…’.

Derivado de ello, con la sentencia se ordenó a la Sala Regional Especializada del TEPJF a que de nueva cuenta emita una resolución para sancionar, de manera individualizada, por incurrir en actos de inequidad y violar el marco legal electoral, en el proceso interno afectando a los entonces contendientes, en este caso de Dávila Fernández.

‘Con base en lo determinado en esta ejecutoria y los elementos que obran en el expediente, individualice la infracción cometida por el PAN e imponga la sanción que corresponda…’.

El viacrucis

El 20 de agosto de 2021 se publicó la convocatoria para los aspirantes a la dirigencia nacional, estableciendo que el 24 de octubre sería la jornada electoral para definir a su dirigente, pero 9 de septiembre, Dávila Fernández presentó escrito de queja, contra el PAN nacional y Marko Antonio Cortés Mendoza, por la difusión de los promocionales denominados “El cambio ya comenzó v1”, “El cambio ya comenzó radio”  y “Es hora de cambiar el rumbo pan”, ya que sólo promocionaba a Marko Cortés.

También el 23 de septiembre, mediante el acuerdo ACQyD-INE-153/2021, ‘la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó la improcedencia de las medidas cautelares, debido a qué se trataba de hechos consumados al haber fenecido la vigencia de los promocionales denunciados…’.

No obstante a ello, de nueva cuenta fueron emplazados para presentar pruebas y alegatos y una vez concluido se remitió el expediente SRE-PSC-181/2021, a la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Esta instancia en su sentencia, ‘determinó la inexistencia de las infracciones consistentes en el uso indebido de la pauta y la compra o adquisición de tiempos en radio y televisión atribuible al PAN y a Marko Antonio Cortés Mendoza, derivado de la difusión de los promocionales denunciados…’.

Pese al viacrucis en el tribunal federal, cinco meses después se resolvió el Recurso de Revisión del Procedimiento Especial Sancionador SUP-REP-466/2021 que promovió Dávila Fernández.

Al resolver el medio de impugnación en contra de la sentencia de la Sala Especializada, la Sala Superior determinó revocar la determinación de la Sala Especializada y ordenó a la responsable que emitiera un nuevo fallo.