25 de febrero - 2022

Por José Luis Ahuactzin
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra 13 ayuntamientos de Tlaxcala por cobros excesivos en alumbrado público, agua potable y alcantarillado, cobros por derechos de acceso a la información pública y otros servicios por los municipios.
Bajo el expediente 5/2022, la CNDH busca echar abajo diversas disposiciones de las leyes de ingresos del ejercicio fiscal 2022.
Por el caso de cobros por el servicio de alumbrado público, buscan invalidar el artículo 48 de la Ley de Ingresos de Huamantla, el 55 de la Ley de Ingresos de Contla de Juan Cuamatzi, el 35 de la Ley de Ingresos de Tetla de la Solidaridad, el 58 de la Ley de Ingresos de Yauhquemehcan, y el 55 de la Ley de Ingresos de Santa Catarina Ayometla.
Respecto de los cobros por servicios que preste la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado, así como por el suministro de agua potable, en su artículo 50 en su porción normativa “Las cuotas por servicios que preste la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio, serán establecidas conforme a las tarifas que determine la Comisión, siendo ratificadas o reformadas en sesión de Cabildo.” de la Ley de Ingresos de Atltzayanca.
Así como el artículo 50, únicamente en su primer párrafo, de la Ley de Ingresos de Huamantla; el artículo 47, únicamente en su primer párrafo, de la Ley de Ingresos de Santa Cruz Tlaxcala; y el 58 de la Ley de Ingresos de Santa Apolonia Teacalco.
Respecto de los cobros considerados excesivos, desproporcionados e injustificados por acceso a la información, como el artículo 29, fracciones I, inciso b) y II, inciso b) de la Ley de Ingresos de Tetla de la Solidaridad; el 53, fracción I, inciso a) de la Ley de Ingresos de la Magdalena Tlaltelulco; el 46, fracción I, de la Ley de Ingresos de Santa Apolonia Teacalco.
También están impúgnalos los cobros excesivos y desproporcionados por servicios de reproducción de información pública no relacionados con el derecho de acceso a la información, por ejemplo, el artículo 40, fracción IV de la Ley de Ingresos de Huamantla; el 53, fracción I de la Ley de Ingresos de Contla de Juan Cuamatzi; el 37, fracción I de la Ley de Ingresos de Santa Cruz Tlaxcala; el 29, fracciones I, inciso a) y II, inciso a) de la Ley de Ingresos de Tetla de la Solidaridad; el 39, fracciones I y II de la Ley de Ingresos de Tetlatlahuca; el 34, fracción I y II de la Ley de Ingresos de Xicohtzinco; el 38, fracciones I y II de la Ley de Ingresos de Yauhquemehcan.
Además de ellos, también el 39, fracción I de la Ley de Ingresos de Emiliano Zapata; el 52, fracción I de la Ley de Ingresos de la Magdalena Tlaltelulco; el 45, fracciones I y II de la Ley de Ingresos de Santa Apolonia Teacalco; el 37, fracción I de la Ley de Ingresos de Santa Catarina Ayometla; y el 31, fracciones I y VIII de la Ley de Ingresos de Santa Isabel Xiloxoxtla.

