Publican decreto que quita fuero a diputados, magistrados y Ejecutivo
1 de octubre - 2021

Por José Luis Ahuactzin 

A partir de este 1 de octubre entró en vigor el decreto 148 que aprobó la LXII Legislatura local, que elimina el fuero constitucional a diputados, magistrados, titular del Ejecutivo, derivado de reformas constitucionales a los artículos 36, 107, 109, 110 y 115, respectivamente.

De acuerdo con la nueva legislación, el artículo 36 eliminó el párrafo que dice ‘Los diputados tendrán fuero constitucional durante su ejercicio legal…’.

Con la nueva reforma ahora sólo señala que ‘Los diputados no podrán ser reconvenidos por lo que expresen. La Junta de Coordinación y Concertación Política del Congreso velará por el respeto a la inviolabilidad del recinto parlamentario…’.

Además se eliminó el párrafo segundo del artículo 107 que señala que ‘Los diputados, el Gobernador del Estado, los Magistrados y el Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, tienen fuero a partir de que hayan rendido protesta y se encuentren en funciones…’.

En el caso del artículo 115, este también fue eliminado y que a la letra decía ‘Los diputados, el Gobernador del Estado, los magistrados y el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, tienen fuero en materia penal a partir de que hayan rendido protesta y se encuentren en funciones…’.

Sin embargo, existe una contradicción en el artículo segundo transitorio ya que señala que dicha reforma entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial, que fue el 30 de septiembre de este año.

Pero ese mismo artículo también señala que no aplicará la eliminación del fuero para quienes ‘se encuentren en ejercicio de sus funciones, o cuyo nombramiento esté vigente, al momento de la aprobación de este Decreto por el Congreso del Estado…’.

Sin embargo, dicho decreto de reforma a la Constitución local fue aprobado el 14 de agosto de 2018 por la LXII Legislatura local.