25 de agosto - 2020

Por José Luis Ahuactzin
El Juzgado Segundo de Distrito con sede en Tlaxcala emplazó a diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales ante la omisión y dilación de resolver el proceso de renovación de mandato al presidente de la comunidad de Xalcaltzinco, Tepeyanco.
Tras resolver el juicio de control constitucional, promovido por Ezequiel Morales y otros contra Indalecio Roja, presidente de comunidad de San Pedro Xalcaltzinco, para revocarle el mandato ante una serie de irregularidades.
Tras el análisis de la sentencia, el juez federal determinó conceder el amparo de la justicia federal contra actos de la Comisión de Puntos Constitucionales, ya que desde el año pasado y a la fecha han incurrido en la omisión de dictar conclusiones sobre el expediente parlamentario radicado de revocación de mandato.
No obstante, también se concedió el amparo a Ezequiel Morales ante la dilación de los diputados locales al no respetar los plazos legales para la presentación del dictamen, y violar la norma interna del procedimiento de revocación de mandato.
Ante ello, el Juzgador federal emplazó al Congreso para que de manera inmediata resuelva lo que a derecho corresponde e incluya en la resolución la justificación del sentido de la resolución.
Y sugirió sea integrada por saber ‘si la conducta del servidor público denunciado se tipifica como una o más de las causas de juicio político que se refieren en el artículo 11 de esta ley.
II. Si existe responsabilidad del servidor público denunciado, y
III. En su caso, la propuesta de sanción de conformidad con esta ley. En caso de que no se acrediten las circunstancias señaladas en las fracciones I y II de este artículo, en el dictamen de conclusiones se hará la propuesta de que se declare que no ha lugar a proceder en contra del servidor público denunciado por responsabilidad política…’.

