Por muerte de menor en curso de DIF de Sanctorum emite CEDH recomendación
7 de octubre - 2014

cedh7

Tlaxcala| Manuel Morales.- A partir de este martes, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDH) notificó a la Procuraduría General de Justicia (PGJE) y al Ayuntamiento de Sanctorum de Lázaro Cárdenas la recomendación 03/2014 contra diversos funcionarios por la negativa o inadecuada atención en el servicio público y ejercicio indebido de la función pública, por lo que pide se inicie una Averiguación Previa.

De acuerdo a los hechos, la recomendación fue emitida ya que se detectaron anomalías dentro del proceso de investigación para esclarecer la causa de muerte de la menor Dulce Marahy Castillo García –cuya identidad fue revelada por los propios familiares- ya que “el 23 de julio de 2012, aproximadamente a las 11:15 horas acudió al DIF Municipal de Sanctórum a dejar a su menor hija de 5 años y medio a los cursos de verano y alrededor de las 12 horas su cuñada y su hermano le avisaron que su hija había tenido un accidente (le cayó encima una máquina de tortillas, que se encontraba en el DIF) por lo que la trasladaron al Hospital General de Calpulalpan, y al llegar le informaron que su hija había muerto».

cedh7a

«Ese mismo día, en compañía de su cuñado, acudió con el Agente del Ministerio Público de Calpulalpan, Licenciado WILBERTH ROLDAN VAZQUEZ, iniciando averiguación previa por el delito de homicidio en contra de quien o quienes resultaran responsables”, se lee en el relato de la denuncia.

Ante los hechos, la CEDH emitió la recomendación al ayuntamiento de Sanctorum, para que se repare el daño a través de una indemnización económica, sin que se especificara la cifra; que se inicie un proceso de responsabilidad administrativa contra Verenice García Zaldívar, Frank David Martínez Tenopala, ex directora y ex secretario del DIF del municipio en mención, como a Enrique Flores Ortega, ex director jurídico del mismo municipio.

A este último ex funcionario, se inicie una Averiguación Previa por “la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad, delitos cometidos en la administración de justicia y otros ramos del poder público, y delito de falsedad en informes dados a una autoridad”.

Además estos ex funcionarios deberán ofrecer una disculpa pública a la menor difunta y a sus familiares ante la omisión en su responsabilidad.

El actual Ayuntamiento deberá instalar una placa al interior del DIF Municipal en Sanctórum de Lázaro Cárdenas, que lleve grabado el nombre de la menor que falleció, y “que refiera la importancia de que en cada paso que den nuestros niños y niñas, el Estado cuidará y velará por su cuidado y atención especiales que su condición de menor requiere, a fin de garantizar el interés superior de la niñez”, dice la recomendación.

En tanto que a la procuradora Alicia Fragoso Sánchez, también se le recomendó que se inicie un procedimiento de responsabilidad por la Contraloría del Ejecutivo y una Averiguación Previa a en contra de los Agentes del Ministerio Público que tuvieron a su cargo la integración de la averiguación previa 311/2012-CALP-2 Wilbert Roldán Vázquez, Germán Ahuactzi Ahuactzi y Delia Molina Arroyo.

cedh7b

Además de ellos, también la Médico Forense, María del Pilar Pozos Moreno, y una vez sustanciado se les sancione conforme a derecho corresponda, refiere la recomendación.

La recomendación refiere que en el caso de los ex servidores públicos del Ayuntamiento de Sancturum, “en esencia negaron la responsabilidad sobre los hechos ocurridos, sin embargo, de dichos informes se desprendieron contradicciones entre lo señalado por las autoridades, advirtiéndose las violaciones a los derechos individuales en su modalidad de violación a los derechos a los menores a que se proteja su integridad y acción u omisión por la que se dañe o ponga en peligro, la vida, la salud, la integridad física, moral o intelectual de un menor de dieciocho años…”, por lo que se les emitió la recomendación.

En el caso de los servidores públicos de la PGJE, fueron recomendados por dilación en la procuración de justicia e irregular integración de la averiguación previa, actos y faltas contra el debido funcionamiento de la administración pública en su modalidad de ejercicio indebido de la función pública en la forma de incumplimiento de la función pública en la procuración de justicia.