8 de mayo - 2026

La defensa, encabezada por la abogada Yeny Charrez, señaló irregularidades en la integración de la carpeta y contradicciones en las declaraciones presentadas por la parte acusadora.
Por Stephany Rodríguez
José “N” salió en libertad la noche del pasado 7 de mayo del Centro de Reinserción Social de Apizaco, luego de que una jueza determinara auto de no vinculación a proceso por el delito de amenazas, tras una audiencia celebrada en salas de oralidad en Tlaxcala.
La resolución judicial se dio alrededor de las 7:41 de la noche, después de que la defensa presentara diversos documentos y pruebas institucionales con las que buscó desacreditar la versión presentada por la parte acusadora.

El caso surgió luego de una denuncia presentada por Teresa “N”, quien acusó a José “N” de presuntas agresiones verbales y amenazas ocurridas en un contexto relacionado con conflictos escolares y señalamientos hechos previamente por el padre de familia en defensa de sus hijos.
De acuerdo con la defensa, José “N” había mantenido una postura pública exigiendo protección y seguridad para sus hijos, quienes incluso participaron en manifestaciones realizadas afuera del Gobierno del Estado. Según la versión expuesta por la abogada, el conflicto derivó de denuncias y desacuerdos relacionados con una docente, situación que posteriormente escaló hasta la integración de una carpeta de investigación.

La defensa señaló que la orden de aprehensión fue solicitada el 28 de abril y ejecutada el 2 de mayo, pese a tratarse de un delito considerado no grave. Asimismo, argumentó que durante el proceso se detectaron diversas irregularidades en la integración de la carpeta, así como inconsistencias en declaraciones y peritajes.
Durante la audiencia, la representación legal de José “N” presentó documentales públicas e informes institucionales relacionados con los hechos señalados, los cuales, aseguraron, contradijeron la narrativa de la parte acusadora.

Entre los argumentos expuestos, se destacó que documentos oficiales elaborados desde el año pasado señalaban que la reunión donde presuntamente ocurrieron las amenazas se desarrolló en un ambiente de respeto, aunque con desacuerdos entre las partes involucradas.
También se expuso que los testimonios presentaban contradicciones en puntos relevantes, incluyendo diferencias sobre el lugar donde presuntamente ocurrieron los hechos. La defensa añadió que incluso existían inconsistencias en un peritaje psicológico integrado a la investigación.

Con base en lo presentado durante la audiencia, la jueza concluyó que no se reunieron los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales para acreditar la probable responsabilidad de José “N”, por lo que decretó el auto de no vinculación a proceso y ordenó su libertad inmediata.
