Atlangatepec recibe amonestación pública del ITE
30 de junio - 2026

Por no informar sobre el retiro de propaganda electoral

Por Selene Sosa

Una de las obligaciones de los Ayuntamientos es colaborar con el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) cuando este les instruya retirar o eliminar propaganda política en su territorio, sin embargo, el Ayuntamiento de Atlangatepec no informó al respecto de tales solicitudes por parte de la autoridad electoral por lo que recibió una amonestación pública.

El Consejo General (CG) del Organismo Público Local Electoral (OPLE), a cargo de Emmanuel Ávila González aprobó el Acuerdo ITE-CG 33/2026 por el cual resolvió el Procedimiento Ordinario Sancionador CQD/Q/ATL/CG/018/2026.

Por medio de este, determinó sancionar con una amonestación pública al Ayuntamiento de Atlangatepec ya que no informó sobre el retiro de propaganda electoral local que se encuentra en su demarcación territorial.

Tras el Proceso Electoral Local Ordinario (PELO) 2023-2024, el ITE recibió quejas contra los partidos políticos por la falta de retiro de propaganda electoral, al incumplir estos, se les solicitó a diversas administraciones municipales, entre ellas la de Atlangatepec, para que llevaran a cabo el retiro de la misma.

De acuerdo con la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Tlaxcala (LIPEET), en su Artículo 177, el ITE tiene la facultad de ordenar a los municipios a retirar la propaganda electoral que no haya sido eliminada por los partidos políticos y, posterior a ello, emitir un informe.

Dicho informe debe contener la ubicación referenciada de la propaganda, la cantidad de propaganda retirada, el tipo y los comprobantes fiscales de los gastos erogados para tal propósito o, en su caso, dar cuenta de la inexistencia de propaganda; sin embargo, el Ayuntamiento de Atlangatepec no cumplió con tal obligación.

“Se advierte que el Ayuntamiento, reconoció de manera expresa que este Instituto realizó una solicitud de apoyo para el retiro de la propaganda electoral y el informe respectivo; asimismo reconoció la omisión de rendirlo, lo que robustece el sentido de la presente determinación”.