16 de enero - 2025

Por Selene Sosa
En la Primera Sesión del Segundo Periodo Ordinario del Primer Año Legislativo, la ahora Diputada de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), Lorena Ruiz García, presentó una iniciativa por la que pretende sancionar a medios de comunicación y servidores públicos que difundan información sobre asuntos penales.
Según la Exposición de Motivos, la propuesta remitida a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, busca ‘proteger a las víctimas de ser expuestas en fotografías en redes sociales y medios de comunicación’.
Hay que recordar que, la diputada estuvo involucrada hace unos meses en la detención de su ex esposo y padre de sus hijos, José Alberto N. o Carlos N., por elementos de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), dependiente de la Fiscalía General de la República (FGR).
Al respecto, la integrante de la LXV Legislatura se negó a dar entrevistas a los medios de comunicación y sólo se limitó a emitir un comunicado a través de sus redes sociales en el que pidió respeto para ella y sus hijos.
Ahora, meses después, la hija del Ex Presidente Municipal de Apizaco electo por el Partido del Trabajo (PT), Reyes Ruiz, presentó una iniciativa para Adicionar el Artículo 187 BIS al Código Penal para el Estado libre y soberano de Tlaxcala.
Su propuesta plantea que tipifique como delito la ‘indebida difusión, revelación o publicación de información reservada, indicios, hallazgos u objetos relacionados con un procedimiento penal por parte de un servidor público’.
De ocurrir, de acuerdo a la iniciativa de la ex integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza Tlaxcala (PANALT), la Adición del artículo 187 BIS al Código Penal establecería una multa que va de las 500 a las mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs) y de dos a ocho años de prisión.
‘Se impondrán de dos a ocho años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública, periodistas, youtubers, personas o representantes de medios de comunicación que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penas o productos con uno o varios hechos, señalados por la ley como delitos’.
Además, dichas sanciones podrán triplicarse si ocurren tres escenarios distintos, el primero, ‘si la información que se difunda sea con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares; si se tratare de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes o; si sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima’.