Conociendo las reformas
30 de septiembre - 2015

Por Ivonne Leyva

Una vez que el congreso del estado, armonizó la legislación estatal constitucional y las leyes secundarias en materia político electoral, es bueno conocer cuál es el nuevo panorama a vivir en este próximo proceso electoral, ya que tenemos una autoridad administrativa electoral con un nuevo rostro y con renovadas funciones.

Como ya lo hemos comentado el Instituto Electoral de Tlaxcala, dejo de ser el IET para convertirse en el ITE Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, quien dejo de ser un intercambio y pago de cuotas del congreso del Estado y a partir de la reforma federal de febrero de 2014, es el INE la autoridad con facultad para designarlos, así también lo que antes conocíamos como el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Tlaxcala (CIPET), paso a convertirse en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales (LIPE), la cual contiene elementos que se esperaban legislar para estar acorde con las reformas federales.

Un tema de los más comentados es el de las Candidaturas Independientes, figura que el estado de Tlaxcala tenía legislada desde hace más de dos décadas a través de las candidaturas ciudadanas en el nivel de Presidencias de Comunidad, el cual era el único medio de llegar al poder el que tenía un ciudadano y los requisitos sin duda no se comparan con los que actualmente se consignan para ser candidato independiente, sin embargo ya es un logro el hecho de hacer efectivo el derecho del ciudadano de SER VOTADO.

Otro tema legislado y del cual también Tlaxcala se encontraba a la vanguardia es el tema de equidad de género, ya que con la reforma obliga el respeto de equidad del 50% en los cargos de elección popular relativos a las diputaciones por mayoría relativa y por Representación Proporcional, así como lo relativo a la integración de planillas para ayuntamientos en el caso de los partidos políticos así como la de los candidatos independientes, aunque claro, como en todo siempre hay un “pero”, disculpe, una excepción, que este principio de equidad, no opera cuando el partido político lleve a cabo su selección derivado de un proceso interno por medio de la consulta directa, aún con estas “excepciones”, lo importante es que el principio de equidad deberá ser garantizado por los partidos políticos y candidatos independientes y no solo será una simulación o negociación de los partidos.

La obligación de ITE de organizar y regular dos debates obligatorios entre los candidatos a elección de Gobernador, lo cual resulta atractivo para los electores, ya que será otra perspectiva que se tenga del candidato y su manera de reaccionar ante diversas circunstancias, ya que también constituye un buen foro de proyección del candidato o candidata, ya que el período de campañas se reduce a sesenta días.

Un tema muy importante debidamente legislado es la obligación que tienen los partidos políticos de retirar la propaganda electoral utilizada en el año de la elección estableciéndose un límite para su retiro, del último día de junio del año de la elección y en caso de incumplimiento, se ordenara a las autoridades municipales procedan a su retiro con cargo a las prerrogativas del partido político infractor y en el caso de que se trate de un candidato independiente el infractor omiso, este se tomara como un crédito fiscal y será la autoridad administrativa fiscal correspondiente quien haga efectivo el crédito de referencia, esto si es que es una buena noticia ya que hasta la fecha podemos encontrar aun propaganda de hasta dos procesos electorales estatales, o federales sin que nadie se haga responsable de su retiro, buenas noticias.

El espacio es corto y aún tenemos mucho que compartir, espero sus comentarios al correo electrónico Ivonne_ley@live.com.mx no sin antes agradecer la lectura a este espacio de opinión.