26 de junio - 2026

Por parte del ITE respecto de medidas cautelares contra el edil con licencia de Tlaxcala
Por Selene Sosa
Las Magistradas y el Magistrado que conforman el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinaron desechar la demanda presentada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en contra del edil capitalino con licencia, Alfonso Sánchez García, así como dar por cumplidas las sentencias dictadas al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).
En Sesión Extraordinaria, el Pleno atendió el Juicio Electoral TET-JE-066/2026 promovido por el Partido del Tucán y, por unanimidad de votos, se determinó el desechamiento de la demanda en contra del Acuerdo CQD/Q/PVEM/CG/005/2026 de la Comisión de Quejas y Denuncias (CQyD) del ITE.
Hay que recordar que, el Verde Ecologista solicitó la ampliación de su denuncia ante la CQyD y la realización de diversas diligencias complementarias en contra del Presidente Municipal con licencia y del partido Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) por culpa in vigilando.
Sin embargo, la Comisión de Quejas y Denuncias del Organismo Público Local Electoral (OPLE), de acuerdo con sus atribuciones, determinó cuáles serían las diligencias a desarrollar para la investigación en cuestión, lo que inconformó al PVEM, procediendo este al Juicio Electoral que fue desechado.
“La decisión de la CQyD de ordenar o no determinadas actuaciones forma parte de sus atribuciones y no genera… una afectación directa e irreparable a la esfera jurídica del accionante. Asimismo, se destacó que la legalidad de las actuaciones desarrolladas durante la investigación, así como la suficiencia o deficiencia de ésta, podrán ser analizadas si se decidiera impugnar la resolución definitiva… Por ello, al tratarse de un acto que carece de definitividad y firmeza, se declaró improcedente… y se desechó de plano la demanda”.
Asimismo, en la misma Sesión Extraordinaria, el Pleno del Tribunal Electoral Local dio por cumplidas tres sentencias dictadas al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones que encabeza Emmanuel Ávila González respecto de un pronunciamiento sobre la determinación de no dictar medidas cautelares a Alfonso Sánchez.
No obstante, durante la presentación de la demanda, el ITE sesionó y determinó dictaminar dichas medidas cautelares al acusado, ordenándole el blanqueamiento de las bardas que hacen promoción política a su beneficio, así como lonas y espectaculares.
“Dichos juicios resultaron improcedentes, ya que, con independencia de que al momento de la presentación de las demandas pudieran estimarse fundados los agravios hechos valer por el actor, durante la sustanciación, en ambos juicios aconteció un hecho superveniente que modificó la situación jurídica originalmente planteada por la parte actora, haciendo imposible que una eventual sentencia pudiera generar un efecto útil en su pretensión final”.


