Obligado Congreso de Tlaxcala a armonizar marco legal para hacer posible la revocación de mandato
1 de junio - 2026

Desde hace 5 años se mantiene omiso

Por Selene Sosa

La LVX Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala está obligada a acatar el Artículo Sexto transitorio del Decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, tras mantenerse omisa por cinco años.

Hay que recordar que el pasado 20 de diciembre de 2019 fue publicado en el Diario Oficial dicho Decreto, por lo que los Congresos Estatales estaban obligados a realizar las armonizaciones correspondientes en su legislación a más tardar para junio de 2021, para hacer una realidad la Consulta Popular y la Revocación de Mandato.

Sin embargo, la LXIV Legislatura y su consecutiva, la LXV, en la que la mayoría de integrantes son reelectos, se han mantenido omisas para acatar dicha obligación por lo que el Poder Judicial de la Federación ordenó al congreso del Estado legislar en la materia ya que se encuentran en violación de derecho.

“Se reclama la falta de reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala para garantizar el derecho ciudadano a solicitar la Revocación de Mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo Local”, es decir, de la electa de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), Lorena Cuéllar Cisneros.

El Poder Judicial de la Federación determinó que el Pleno del Congreso Local, conformado mayoritariamente por curules de MORENA, “ha sido totalmente pasivo, no habiendo ejercido su competencia para crear leyes en este sentido ni externando normativamente voluntad alguna para acatar la orden del Poder Reformador de la Constitución”.

La falta de voluntad y omisión fue denunciada y quedó asentada en el expediente 138/2026-O en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala y, de acuerdo con el informe remitido por el Congreso del Estado, este negó la omisión.

Según la contestación del Poder Legislativo de Tlaxcala, el Expediente Parlamentario LXV 013/2026 relativo al Decreto en cuestión estaba en etapa de dictaminación por la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos que preside el declarado Diputado Independiente, Jaciel González Herrera.

El Juzgado Segundo de Distrito determinó que un solo evento, como lo es que el Expediente Parlamentario se encuentre en evaluación no exime al Congreso de Tlaxcala de responsabilidad y aunque este alegó que la demanda de amparo era improcedente porque no genera una afectación directa a la esfera jurídica ni legítima del quejoso, el Poder Judicial lo rechazó.

Y es que, especificó que no se trata sólo de una omisión legislativa, sino de una vulneración al principio de supremacía constitucional, de ahí que se instruyó al Congreso del Estado a cumplir con el decreto puesto que el periodo para hacer las adecuaciones le venció hace cinco años.

“En consecuencia, es válido concluir que el Congreso del Estado de Tlaxcala ha concurrido en una omisión legislativa de carácter absoluto respecto de una competencia de ejercicio obligatorio” trasgrediendo así a lo establecido en la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por ello, la jueza Stefany Pérez Bustamante, ex titular de la Coordinación de Bienestar Animal (CBA) de la administración estatal que encabeza Lorena Cuéllar ordenó a la LXV Legislatura dar cumplimiento cabal al Decreto para garantizar el derecho ciudadano a la Revocación de Mandato en el próximo Periodo Ordinario de Sesiones.

A colación, la Diputada del Partido de la Revolución Democrática Tlaxcala (PRDT), Laura Yamili Flores Lozano, planteó al Pleno las adecuaciones legales para garantizar el derecho ciudadano a la Revocación de Mandato, siendo su proyecto turnado a la Comisión de Puntos sin que presente avance.