Propone Jaciel González agravantes al delito de robo cuando afecte al campo tlaxcalteca
21 de mayo - 2026

Solamente seis estados del país no han legislado en la materia, incluido Tlaxcala

Por Selene Sosa

Con el propósito de reconocer dentro del catálogo de agravantes del delito de “Robo”, cuando el objeto del mismo sean equipo de riego, maquinaria y utensilios destinados a la agricultura, el Diputado Independiente, Jaciel González Herrera, planteó modificaciones al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.

El también Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos explicó que el campo tlaxcalteca de por sí enfrenta diversos retos que van desde el cambio climático, la elevación de costos de producción hasta el robo de su herramienta, utensilios y equipo de riego.

Por ello, en la Sesión Ordinaria de este jueves, propuso a sus compañeras y compañeros del Pleno la adición de la Fracción XI al Artículo 328 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala para considerar como agravante en el delito de “Robo” cuando se trate de afectaciones al campo.

“Se debe decir que el reconocimiento de agravantes a tipos penales atiende a promover medidas que permeen en la protección y salvaguarda del campo y la agricultura, es evidente la responsabilidad de las autoridades y de la sociedad para atender esta situación mediante acciones concretas que fortalezcan la seguridad y protejan el trabajo de quienes contribuyen diariamente a la producción agrícola y al bienestar del Estado”, acotó.

Según el proyecto, serán sancionados quienes comentan robo de cableado para conducir electricidad, transformadores de voltaje de energía eléctrica, equipos de bombeo o de alguno de sus componentes, paneles solares o cualquier aditamento de energía fotovoltaica, siempre sean parte del sistema de riego agrícola.

Así como utensilios, herramientas, maquinaria agrícola o cualquier otro equipo, componente o accesorio destinado al aprovechamiento agropecuario, teniendo como sanción las establecidas en el Artículo 323 del mismo Código Penal.