Sala CDMX-TEPJF da revés a Yordana Garay y niega violencia política
16 de octubre - 2020

Por José Luis Ahuactzin

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad, la resolución del Tribunal Electoral del Tlaxcala (TET) que determinó que algunos de los actos que la coordinadora de la bancada del PT, Irma Yordana Garay Loredo, consideró que constituían violencia política por razón de género en su contra, correspondían al derecho parlamentario.

Con esta determinación dejaron firmes las integraciones de las Comisiones de Fiscalización y Finanzas, Educación, Puntos Constitucionales, e incluso la Junta de Coordinación y Concertación Política (JCCP) que encabezó el morenista Ramiro Vivanco, sin ser coordinador de bancada de forma inicial.

Durante la sesión del jueves, al resolver el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-150/2020, el Pleno señaló que los hechos denunciados vinculados con la sesión del Congreso de Tlaxcala en que se modificó la integración de algunos de sus órganos correspondían al ámbito parlamentario, por lo que la determinación de reencauzar la denuncia por tales hechos al referido Congreso fue correcta.

Lo anterior porque, con fundamento en las jurisprudencias 34/2013 y 44/2014 de la Sala Superior, resulta improcedente su estudio en la vía electoral, pues además de que no inciden en los derechos político-electorales en la vertiente de ejercicio del cargo de diputada, al estar relacionados con el funcionamiento orgánico y administrativo del cuerpo legislativo, corresponden al Derecho Parlamentario Administrativo.

No obstante, la magistrada Silva Rojas emitió un voto razonado explicando que propuso al Pleno la resolución en ese sentido porque las Salas Regionales no pueden inaplicar las jurisprudencias de la Sala Superior que definen el ámbito exclusivamente parlamentario en algunos de los hechos denunciados.