Tras violentar norma interna, Báez López “impugna” descuento del 50% de dieta
2 de agosto - 2019

Por José Luis Ahuactzin 

Bajo una violación flagrante al marco legal del poder Legislativo, el diputado local de Morena Víctor Manuel Báez López, usó la tribunal para fijar su “impugnación” al descuento del 50 por ciento de su dieta quincenal que le fue impuesta por no asistir a la sesión del pasado 17 de julio, cuando destituyeron a los ex comisionados del IAIP.                   

Su posicionamiento lo emitió cuando le solicitaron dar lectura al dictamen de la cuenta pública de la Comisión Estatal del Agua, y quien se lo permitió fue su correligionaria Lourdes Montiel Cerón, justo cuando suplió momentáneamente a la presidenta de la Mesa Directiva Luz Vera Díaz, quien salió del Pleno por la representación del Congreso en una reunión que sostuvo con el titular del Ejecutivo.

Sin embargo, tanto Montiel Cerón como Báez López violentaron el artículo 98 del Reglamento Interior que refiere “Las sesiones ordinarias o extraordinarias se desarrollarán bajo el orden del día que se señale en la convocatoria emitida por el presidente de la Mesa Directiva…”, que no contenía ni asuntos generales ni el medio de impugnación que señaló el ex presidente de la Junta de Coordinación y Concertación Política (JCCP). 

No obstante, Báez López durante 15 minutos leyó su posicionamiento de impugnación de la sanción que solicitó la presidenta de la Mesa Directiva Luz Vera Díaz a la JCCP, ya que no se le consideró su defensa dentro del procedimiento administrativo para sancionarlo.

Arguyó que la multa impuesta le causa agravio y no se encuentra ajustada a derecho porque le viola sus derechos y garantías, ya que no se encuentra justificada en ninguna de las 7 causales de infracción dentro del artículo 33 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

“I. En un periodo de sesiones, acumule dos o más amonestaciones, con constancia en el acta; II. Falten a tres sesiones del Congreso del Estado o de las comisiones o comités a que pertenezca, o de la Junta de Coordinación y Concertación Política, sin causa justificada; II Bis. Acumule tres retardos a las sesiones a que se refiere la fracción anterior, si aquellos quedan comprendidos en un lapso de treinta días naturales; o que sean continuas independientemente del tiempo que transcurra, tratándose de sesiones de Comisión o comisiones. III. Se ausente definitivamente de una sesión sin el permiso del Presidente de la Mesa Directiva; IV. Se haya conducido con violencia física en el desarrollo de una sesión; V. No cumpla con su obligación de votar en las sesiones del Pleno o de las comisiones o comités a que pertenezca; VI. Continúe en la ejecución de los actos que motivan las amonestaciones, y VII. En los casos que apruebe el Pleno, a propuesta de la Junta de Coordinación y Concertación Política…”.

Mientras que ello ocurría en la lectura de la “impugnación” en el Pleno, dentro del público asistente arribó de inmediato el coordinador regional del distrito 3 del gobierno federal que encabeza el presidente Andrés Manuel López Obrador, Jorge Atristain San Germán, a echarle porras.