Ordenan recontar votos nulos en comunidad de Totolac; en Terrenate firme elección
28 de junio - 2016

tet28jun

Por José Luis Ahuactzin

Dentro de la sesión extraordinaria la noche de este lunes, los magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) ordenaron al Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) la realización de una diligencia de verificación de votos nulos de la elección de presidente de comunidad de San Miguel Tlamahuco, municipio de Totolac, después de que el cómputo realizado por el concejo municipal electoral de esa jurisdicción derivó en un empate entre los candidatos de los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y del Trabajo (PT).

Por unanimidad de votos los magistrados aprobaron que el ITE deba realizar una diligencia de verificación en las casillas 514 básica y 514 contigua uno a fin de realizar un nuevo cómputo de boletas nulas.

Por lo que el triunfo de actual alcalde electo del PRD, Giovanni Pérez Briones, será sometido a revisión sólo de ambas casillas y este a petición de su representante ante el Consejo Municipal del PRD, Julio César Pérez Sánchez.

En otro tema, Felipe Fernández Romero, actualmente presidente municipal electo de Terrenate por el Partido de Trabajo (PT), quedó firme la elección luego de analizar el medio de impugnación en su contra.

Saúl Flores Pérez, representante del PAN, denunció que el actual edil electo incurrió en el uso de símbolos religiosos con fines de propaganda electoral tras acudir a la escuela primaria “Justo Sierra… a la paradita de cruz de la techumbre y emitió un mensaje a los presentes…”.

Durante el análisis, los magistrados, por unanimidad de votos, declararon inexistentes las violaciones imputadas a Hernández Romero al no actualizarse las infracciones a la Ley en la materia.

Respecto del Juicio de derechos político-electorales del ciudadano promovido por Salvador Reyes Rubio y/o Salvador Rubio Reyes contra el ITE por la mala impresión de boletas electorales y no registró su candidatura a la presidencia de comunidad Tlatempan, Apetatitlán, los magistrados del TET desecharon el expediente por extemporáneo y por falta de irreparabilidad del acto impugnado, pues el proceso electoral ya concluyó.

Explicaron que su medio de impugnación no fue presentado en tiempo y forma pues éste lo promovió hasta las 12 horas del 10 junio pasado cuando su terminó de 4 días venció el 9 del mismo mes, ya que la fecha de emisión de constancia de mayoría fue emitida el 5 de junio.

Sin embargo, al entrar al análisis los magistrados coincidieron que no se puede anular la elección ya que el acto impugnado se extinguió.

No obstante la legislación en materia vigente no contempla que el error de cambio de nombre no es motivo para solicitar la nulidad, a pesar de la impresión errónea o deficiente, tampoco es motivo.