Tras hacer berrinche, exhortan a Refugio Rivas ceñirse a reglamentación del Congreso
9 de enero - 2015

refugio23

Tlaxcala| Gerardo Orta.- El diputado priísta Marco Antonio Mena Rodríguez, explicó a su homólogo del Partido Movimiento Ciudadano, Refugio Rivas Corona, el procedimiento y requisitos para que pueda ser nombrado coordinador de la fracción parlamentaria de su partido.

Aún fungiendo como titular de la Junta de Coordinación y Concertación Política, hace unos días el legislador respondió las solicitudes planteadas por Refugio Rivas en torno a la coordinación de la bancada de Movimiento Ciudadano.

En octubre de 2014, el disidente diputado de MC solicitó a la entonces Mesa Directiva a cargo del perredista Juan Calyecac Cortero y a la Junta de Coordinación presidida por Marco Mena, que se explicara el porqué no se había respetado la decisión nacional de su partido por nombrarlo coordinador parlamentario.

En su oportunidad, Refugio Rivas dio a conocer un supuesto acuerdo de la dirigencia nacional de MC a cargo de Dante Delgado en donde se hacía un cambio en la coordinación que en esas fechas tuviera Baldemar Cortés Meneses.

De hecho, a más de dos meses de haber hecho público ese documento, la coordinación de la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano sigue en la figura de Baldemar Cortés.

En la respuesta que emitió Marco Mena, hace referencia a dos requisitos que, al parecer, no se han cumplido para que Refugio Rivas pueda ser coordinador parlamentario.

De manera particular, Marco Mena hizo énfasis en los artículos 59 y 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala.

«Se sugiere seguir el procedimiento exigido por la Ley, pues de esa manera se privilegiará el principio de legalidad que rige la actuación de esta soberanía y desde luego la vida interna de los partidos políticos», sostuvo.

Por ello, el entonces presidente de la Junta de Coordinación exhortó a Refugio Rivas a ceñirse a los procedimientos legales del Congreso, no obstante que llegaran a existir disposiciones estatutarias o reglamentarias que regulen al interior de su partido el procedimiento para nombrar al coordinador parlamentario.