Primero se ampara, luego se desiste; Juan Antonio, ex director de CERESO sigue prófugo
22 de agosto - 2025

No se comprobó que estuviera siendo víctima de ningún delito

Por Selene Sosa

Aunque el Vocero del Gobierno del Estado, Antonio Martínez, alegó que el removido director del CERESO de Tlaxcala, Juan Antonio N., estaba amparado, la realidad es que la persona que tramitó la demanda no lo hizo en contra de la orden de aprehensión en contra del servidor público, sino por otros motivos, además de que terminó desistiéndose.

Según el Expediente 1181/2025, fue el pasado 18 de agosto de este año cuando una tercera persona, es decir, no el servidor público removido, tramitó el amparo por Juan Antonio N. por «La incomunicación, posibles actos de tortura y desaparición forzada» por parte Alberto Martín Perea Marrufo, en su carácter de titular de la Secretaría de seguridad Ciudadana (SSC).

En la demanda de amparo, el promovente solicitó que se le concediera la suspensión de plano, a fin de que la SSC “que lo mantiene privado de su libertad le otorgue inmediata comunicación y acceso a una defensa técnica adecuada”; dicha solicitud le fue concedida, es decir, la dependencia gubernamental debía cesar “los actos que ocasionan la desaparición” del quejoso.

Así como garantizar la salud e integridad física del mismo, es decir, de Juan Antonio N., “Dada la premura” se comisionó a un Actuario Judicial para que acudiera de manera inmediata a diversas instalaciones de la SSC, con el propósito de corroborar que el quejoso estuviera siendo víctima y su intención de continuar con la demanda de amparo.

Así, el Acuario Judicial cumplió con el encargo ya que las autoridades responsables tenían la obligación de permitir el acceso inmediato y total libertad para que este pudiera cumplir con la encomienda en cuestión de hallar a Juan Antonio N.

De ese modo, ese mismo 18 de agosto se llevó a cabo tal encomienda y se remitió una síntesis en que el Actuario Judicial dio a conocer que el quejoso no se encontraba detenido en las inmediaciones de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

En razón de lo anterior, se “estimó necesario” requerir a la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), así como a la Fiscalía General de la República (FGR) en Tlaxcala, a la Zona Militar y a la Guardia Nacional (GN) dar cuenta de si en sus inmediaciones se encontraba detenido e incomunicado Juan Antonio N.

“En caso afirmativo acaten cabalmente la suspensión de oficio y de plano concedida al antes citado”, para lo cual el Actuario Judicial se constituyó en las sedes de las instituciones anteriormente señaladas en donde igualmente constató que Juan Antonio N. no se encontraba.

De ese modo, el 20 de agosto el promovente del amparo en favor del director del Centro de Reinserción Social (CERESO) Tlaxcala destituido se desistió de la demanda por lo que quedaron sin efectos las providencias dictadas en el juicio de amparo y se notificó a las autoridades estatales para que conocieran de la suspensión del plano concedida anteriormente.

Lo expuesto, evidencia que ni siquiera fue Juan Antonio N. quien promovió el amparo a su favor y que este tampoco fue en contra de la orden aprehensión que el titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, Gustavo Tlatzimatzi Flores, anunció que había en su contra.