30 de agosto - 2020

Por José Luis Ahuactzin
La reforma electoral aprobada por 16 de 25 diputados la semana pasada, reveló una contradicción legislativa que beneficiará a partidos políticos nuevos o con registro para manipular la paridad de género desde las candidaturas común o en coalición.
De acuerdo con el nuevo artículo 10 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales (LIPEET), el segundo párrafo de la fracción 5, permitirá para 2021 que los partidos políticos puedan manipular la asignación de candidaturas a diputados y presidencias municipales.
Este párrafo aprobado, otorga la misma condición de partido con registro o nueva creación, el poder para asignar candidaturas sin observar los porcentajes de votación alta y baja obtenida en la pasada elección y generar la paridad de género entre hombres y mujeres en la asignación de candidaturas.
Gentetlx tuvo acceso a la reforma electoral aprobada, y dicho párrafo segundo refiere que ‘Para aquellos partidos políticos que participen en una nueva coalición o candidatura común, y que no tengan antecedentes en el último proceso electoral de haber participado juntos, se les aplicará las reglas de un partido nuevo…’.
Mientras que en primer párrafo de la fracción 5, a la letra dice ‘En el caso de los partidos políticos nuevos y que por primera vez participarán en un proceso electoral, para cumplir con el principio de paridad de género, realizarán la división de los bloques en distritos y municipios sin considerar los porcentajes de votación alta y baja, debiendo registrar el cincuenta por ciento de las fórmulas y planillas encabezadas por un género distinto en cada bloque…’.
