13 de diciembre - 2019

Por José Luis Ahuactzin
Por mayoría de votos, y sin mayor complicación, esta tarde, 21 diputados en sesión extraordinaria, avalaron reformas al Código Penal y a la Ley que garantiza el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, para proteger derechos a la intimidad y la dignidad de las mujeres en el ámbito digital y en el ciberespacio.
Sesión pública a la que asistieron diversas organizaciones sociales, aplaudieron a diputados por la aprobación de la llamada Ley Olimpia.
Se incluyó un capítulo denominado delitos de “violación a la intimidad sexual”, y una vez que las reformas legislativas sean publicadas en el Periódico Oficial de Tlaxcala, entrarán en vigor al siguiente día.
Por lo que serán sancionadas conductas de tres y hasta siete años y medio de prisión, a las personas que sin autorización de las víctimas difundan imágenes, videos o audios donde se exprese su sexualidad.
Además, les será impuesta una multa económica de 200 y hasta 750 Unidades de Medida de Actualización, lo que significa una sanción de 16 mil 898 pesos y hasta 63 mil 367.5 pesos, pero si el sujeto activo del delito es servidor público, además de las penas señaladas se le destituirá de su cargo.
Con esta ley, no significa que hay una prohibición para que las personas «pasen el pack» o para restringir el «sexting» (envío de mensajes sexuales, eróticos o pornográficos, por medio de teléfonos móviles), sino que, más bien es una forma de regular el destino de ese contenido y evitar que sea usado, para cualquier fin, sin el consentimiento de la víctima.
