Nueva Ley de Transparencia contempla sanción de hasta 109 mil pesos a sujetos obligados
4 de mayo - 2016

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Tlaxcala| José Luis Ahuactzin.- La reciente Ley de Transparencia y Protección de Datos Personales, aprobada por el pleno del Congreso del estado, contempla sanciones de hasta mil 500 “Unidades de Medidas de Actualización” que equivalen a los 109 mil 560 pesos, para funcionarios que nieguen información pública y que serán pagados de su bolsa.

De acuerdo con la legislación que se encuentra en proceso para iniciar su vigencia, detalla en su artículo 167, fracción III “multa de ochocientos a mil quinientas de la UMA, en los casos previstos en las fracciones VII, VIII, IX, XI, XII, XIII, XIV y XV del artículo 159 de esta Ley…”.

Es decir que quienes incurran en la fracción VII sobre declarar con dolo o negligencia la inexistencia de información cuando el sujeto obligado deba generarla, derivado del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones; VIII, declarar la inexistencia de la información cuando exista total o parcialmente en sus archivos; IX, no documentar con dolo o negligencia, el ejercicio de sus facultades, competencias, funciones o actos de autoridad, de conformidad con la normatividad aplicable; XI, denegar intencionalmente información que no se encuentre clasificada como reservada o confidencial, serán sancionados con la más alta multa.

Así también quienes caigan en los supuestos de la fracción XII, de clasificar como reservada, con dolo o negligencia, la información sin que se cumplan las características señaladas en la Ley General y en la presente Ley. La sanción procederá cuando exista una resolución previa del organismo garante, que haya quedado firme;

XIII, no desclasificar la información como reservada cuando los motivos que le dieron origen ya no existan o haya fenecido el plazo, cuando el Instituto determine que existe una causa de interés público que persiste o no se solicite la prórroga al Comité de Transparencia; XIV, no atender los requerimientos establecidos en la presente Ley, emitidos por el Instituto y XV no acatar las resoluciones emitidas por el Instituto.

Los legisladores en su afán de armonizar la legislación local con la Ley General de Transparencia, también incluyeron que se aplicará una multa adicional de hasta cincuenta días de la UMA, 10 mil 956 pesos, por día, a quien persista en las infracciones citadas en los incisos anteriores.

No obstante a ello, esta nueva legislación aprobada por los 31 diputados locales no previo los casos de los juicios en etapa de ejecución que tiene activos la aún Comisión de Acceso a la Información Pública y estos se deberán regir bajo la Ley General de Transparencia, por supletoriedad y jerarquía de normas.

Sólo pronosticaron que en el artículo octavo transitorio que “los trámites y recursos que se encuentren en proceso bajo la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el día veintidós de mayo del año dos mil doce, continuarán su trámite y serán concluidos de acuerdo con dicha Ley…”.

La Ley se integra de nueve títulos, con sus respectivos capítulos, contando con 169 artículos ordinarios y 7 transitorios.