12 de febrero - 2026

Los procedimientos deberán ser realizados únicamente por cirujanos con especialidad
Por Selene Sosa
Con el propósito de salvaguardar la vida e integridad de niñas, niños y adolescentes, la Diputada de MORENA, Ana Bertha Mastranzo Corona propuso reformar la Ley de Salud, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y el Código Penal para prohibir que menores de edad puedan someterse a procedimiento quirúrgicos y no quirúrgicos estéticos.
Dado que en diversos estados del país se han documentos fallecimientos de menores de edad que se sometieron a un procedimiento estético y que este fue realizado por un profesional que carecía de cédula especializada, la Diputada Presidenta de la Comisión de Salud de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, propuso legislar en la materia para prevenir casos en la entidad.
Durante la Sesión Ordinaria de este jueves, Mastranzo Corona puntualizó que es preciso reformar la Ley de Salud para evitar que, en Tlaxcala, se instalen clínicas estéticas o negocios que oferten procedimientos estéticos a menores de edad, realizados por personas que carecen de la formación especializada.
Además, la integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), planteó que dichos procedimientos estéticos, ya sea quirúrgicos o no quirúrgicos, no puedan llevarse a cabo en niñas, niños o adolescentes a menos de que se traten exclusivamente de tratamientos correctivos o de salud.
“Constituye excepción a dicha prohibición los procedimientos que tengan la finalidad estrictamente terapéutica, reparadora, reconstructiva, funcional o necesaria para el restablecimiento de la salud, orientados en corregir malformaciones congénitas, anomalías fisiológicas, daños por accidentes o secuelas de enfermedades que afecten la salud funcional o psicológica de niñas, niños o adolescentes”.
De incurrir en la violación a las modificaciones en cuestión, los responsables serán acreedores a una multa de 10 hasta 10 mil veces el salario mínimo general diario vigente que, al día de hoy equivale a 315.04 pesos, por lo que la multa podría ir de los tres mil 150.40 a los tres millones 150 mil 400 pesos.
La sanción también abarca la suspensión definitiva del ejercicio profesional en el Estado, la clausura temporal o definitiva, parcial o total del establecimiento e incluso de cinco a 10 años de prisión, cantidad que aumentará hasta en una mitad si el menor de edad fallece y multa de 117 mil 310 a 469 mil 240 pesos.
La propuesta de la morenista fue turnada a la propia Comisión de Salud y la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su correspondiente dictaminación.
