11 de noviembre - 2025

Para incluir el uso de IA
Por Selene Sosa
La Representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Congreso del Estado, Sandra Guadalupe Aguilar Vega, propuso reformar la “Ley que garantiza el acceso a las mujeres una vida libre de violencia” para que esta incluya cualquier tipo de violencia contra las mujeres creada por Inteligencia Artificial (IA).
Este martes durante la Vigésima Sesión Ordinaria de la LXV Legislatura, la congresista refirió que si bien la creación de la norma anteriormente cita ha representado un importante avance en la protección de mujeres y niñas, es precisa su reforma para adecuarla a los contextos actuales.
“La violencia contra las mujeres representa una de las más graves violaciones a los derechos humanos y un obstáculo estructural para el desarrollo democrático y justo de nuestra sociedad. En la actualidad, las formas de agresión y control hacia las mujeres han evolucionado junto con los avances tecnológicos, general nuevas manifestaciones de violencia que transcienden más allá del ámbito físico para instalarse en los espacios digitales y virtuales”.
Por ello, Aguilar Vega planteó reformar el Artículo 4, la Fracción VIII del Artículo 6, el Título de la Sección Décima y el Artículo 25 Undécimo de la Ley que garantiza el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia en el Estado de Tlaxcala.
Dichas reformas pretenden incluir la Violencia por el Uso de la IA, a través de la cual se obtenga, exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta, sin consentimiento, contenido íntimo o elaborado con Inteligencia Artificial de una persona.
Asimismo, la priísta propuso adicionar el Artículo VIII Bis para determinar lo que se debe entender por “Violencia Digital” y “Violencia mediante Inteligencia Artificial” y el Artículo 25 Duodecies para que quede de la siguiente manera:
“A quien, haciendo uso de la Inteligencia Artificial (IA) o alguna otra herramienta digital en el que se manipule imágenes, audios y/o videos de una persona, con el fin de crear hechos falsos con apariencia real de índole sexual o con fines lascivos, con el objeto de exponer, distribuir, difundir, transmitir, reproducir, comercializar, intercambiar, almacenar y/o compartir a través de cualquier medio y/o plataforma, ya sea digital o física, sin consentimiento expreso y voluntario de las mujeres y que vulnere algún derecho humano de las mujeres, causando daño psicológico, físico, económico o sexual, tanto en el ámbito privado como en el público, incluyendo a sus familiares”.
