7 años de prisión y una multa de casi 85 mil pesos a quien difunda contenido sexual hecho con IA (Video)
14 de octubre - 2025

La propuesta de Míriam Martínez estuvo acompañada por diversos colectivos

Por Selene Sosa

La Diputada del PAN, Míriam Esmeralda Martínez Sánchez propuso diversas reformas al Artículo 295 BIS del Código Penal del Estado de Tlaxcala para sancionar con hasta 7 años y medio y 84 mil 855 pesos a la persona que mediante el uso de Inteligencia Artificial produzca, difunde o comercialice contenido real o ficticio con apariencia de veracidad, sin consentimiento previo.

Si bien en el Código Penal ya está tipificado el delito de Violación a la Intimidad Sexual con su respectiva sanción a quien por cualquier medio divulgue, difunda, comparta, distribuya, publique o comercialice imágenes audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente, es preciso robustecer la pena, según dijo la panista.

Hay que recordar que el Artículo 295 BIS habla de contenido íntimo o erótico sexual ya sea impreso, grabado o digital, sin embargo, ante el avance de las herramientas tecnológicas, es necesario agregarlas a la tipificación del delito.

Las sanciones que contempla el Artículo van de tres a cinco años de prisión y una multa de 200 a 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 113.14 pesos para el presente año.

En este sentido, Martínez Sánchez, propuso añadir “En las mismas penas incurrirá quien, mediante el uso de tecnología de la Inteligencia Artificial, técnicas de manipulación digital o cualquier otro medio análogo, simule, altere, genere, difunda, comparta, distribuya, publique o comercialice imágenes, audios o videos de contenido íntimo o erótico-sexual, reales o ficticios con apariencia de veracidad, sin el consentimiento previo, libre, específico e informado de la víctima, aún cuando esta no haya participado materialmente en su elaboración. Para efectos del párrafo anterior, se entenderá por Inteligencia Artificial las aplicaciones, programas o tecnologías que, a partir de instrucciones humanas, son capaces de analizar imágenes, audios o videos y realizar ajustes automáticos para alterarlos, modificarlos o generarlos con apariencia realista”.

De esa manera, se mantiene que dicho delito se perseguirá por querella, salvo cuando se trate de personas en situación de discapacidad que no comprendan el significado del hecho o en caso de menores de edad.