29 de mayo - 2025

Para definir funciones y fortalecer la autonomía de las demarcaciones
Por Selene Sosa
La Diputada del PRI, Sandra Guadalupe Aguilar Vega, presentó este jueves ante el Pleno del Congreso del Estado una propuesta para reformar y adicionar diversas disposiciones a la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, ella para delimitar, definir y dotar de autonomía a las y los integrantes de los Ayuntamientos, entre otras cuestiones.
De acuerdo a la exposición de motivos de la Diputada Presidenta de la Comisión de Asuntos Municipales, la actual norma no empata adecuadamente con las actuales circunstancias sociales, económicas y políticas latentes en los ayuntamientos tlaxcaltecas, de ahí que pretende con dichos cambios “fortalecer la autonomía municipal, mejorar los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas”.
Para ello, Aguilar Vega propuso Reformar los Artículos 1, 2, 3, 5, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 22, 24 y 25, así como adicionar la Fracción XV del Artículo 4, la Fracción VI del Artículo 7 y el Artículo 17 BIS, todos de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.
Entre otras cuestiones, las reformas plantean modificaciones a las Disposiciones Generales, entre las que se dota al Ayuntamiento de “autonomía municipal” y la participación de sus integrantes para la toma de decisiones, por ejemplo, de la sede del Ayuntamiento Municipal.
Asimismo, integra la figura de comunidad de conformidad con lo establecido en el Artículo 113 de la misma Ley, así como la clasificación de los habitantes, tomando relevancia la figura de “vecinas y vecinos” así como de “extranjeros”, para ambos, establece tanto derechos como obligaciones y los supuestos para la pérdida de carácter de habitante por ausencia.
En este sentido, la propuesta de la Representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la LXV Legislatura del Congreso del Estado abre la posibilidad de que las personas que desempeñan diversos cargos de carácter público no pierdan su carácter de habitante.
“No se perderá el carácter de habitante por ausencia I. En el desempeño de cargos públicos de elección popular, por la defensa de la patria y sus instituciones. II. En el desempeño de empleos o comisiones de carácter oficial del Municipio, del Estado o de la Federación de la administración pública o como dirigente en organismos nacionales de representación política o gremial o III. Por la realización de estudios o comisiones científicas, culturales o deportivas”.
En tanto, por lo que respecta a la elección del Ayuntamiento, Sandra Aguilar propuso modificaciones a la instalación “formal y legal” del Ayuntamientos, así como redefinir las facultades de regidores y síndicos municipales, el trámite por ausencias y sus motivos, entre otras.
Además, Aguilar Vega replanteó las causales para declarar la desaparición de algún Ayuntamiento, entre las que se enlistan la violación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala o las leyes locales, causando un perjuicio grave al estado, municipio o a la sociedad que haga imposible la gobernabilidad.
Así como cuando haya conflictos entre los integrantes del Ayuntamiento que imposibiliten el funcionamiento del mismo, cuando se realicen actos u omisiones que alteren seriamente el orden público, la tranquilidad y la paz social, cuando se violen reiteradamente derechos humanos, cuando se adopten formas distintas de gobierno, cuando se viole la ley y no se sujeten a su Plan de Desarrollo.