ITE verificará que electos como magistrados o jueces no sean agresores de mujeres e infancias
25 de mayo - 2025

El Poder Judicial deberá turnar la información al ITE a más tardar el 31 de mayo próximo

Por Selene Sosa

Como lo adelantó hace varias semanas el Presidente del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), Emmanuel Ávila González, estar en alguno de los supuestos del Artículo 38, Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es decir, ser deudores alimenticios, entre otros, sería causal de la pérdida del triunfo.

En Sesión Extraordinaria, las y los Consejeros acordaron que las y los candidatos a magistrados y jueces del Poder Judicial Local, perderán sus candidaturas o bien su Constancia de Mayoría tras las votaciones en caso de que se les compruebe que están registrados como deudores alimenticios, o tienen denuncias en su contra por violación sexual, violencia doméstica, entre otros delitos.

Es decir, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) revisará las candidaturas con base en el informe que recibirá del Poder Judicial Local para verificar que las y los aspirantes al Proceso Electoral Local Extraordinario del Poder Judicial (PELEPJ) se encuentran en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

“En caso de incumplimiento… la persona de que se trate no podrá ser asignada para el cargo que corresponda, por lo que ocupará la vacante la persona del mismo género que haya obtenido el segundo lugar en número de votos del mismo cargo, materia o especialización y ámbito territorial electivo”.

No obstante, dicha medida no será retroactiva ya que se tomará en consideración solamente las sentencias que hayan sido dictadas a partir del 30 de mayo de 2023, fecha en que entró en vigor el Artículo 38, Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Si una candidatura llegará a estar en los supuestos anteriormente descritos, la persona tendrá la oportunidad de presentar documentación que “considere oportuna” ante el ITE, para que la Dirección de Asuntos Jurídicos emita un informe que será entregado al Consejo General para su consideración.