Conforma Congreso Local a su Comité de Evaluación para el PEEPJ
21 de enero - 2025

Con base en la convocatoria emitida el pasado 10 de enero

Por Selene Sosa

Este martes las y los integrantes de la LXV Legislatura conformaron el Comité de Evaluación para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial 2024-2025, en el que serán electos magistrados y jueces, incluyendo aquellos de los Tribunales Laborales.

Así, la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, que preside el Diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Jaciel González Herrera, con base a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala conformó el Comité.

De esa manera, las y los integrantes propietarios designados son Jesús Ixta Arcos, Miriam Andón García, Óscar Ocampo Acosta y Luis Enrique Santoyo García, este último como suplente, conforme a lo establecido en la misma Ley anteriormente referida.

Dicho Comité será el encargado de recibir y evaluar las postulaciones de las personas que aspiren a ser candidatas para el cargo de magistrados o magistradas del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) y se extinguirá una vez cumplido su propósito.

“Los Comités de evaluación de los tres Poderes del Estado integrarán un Comité Estatal de Evaluación… en el cual podrán generar lineamientos sobre procedimientos y criterios de evaluación para generar una lista única de las y los aspirantes a los cargos de elección”.

Ahora, tras la conformación de dichos Comités, se deberá notificar a las y los magistrados, juezas y jueces, cuyos cargos fueron seleccionados mediante insaculación y que serán sujetos a elección en el PEEPJ 2024-2025 para que decidan si participan en el Proceso en mención o si declinan su candidatura, esto antes del 30 de enero.

“Por cuanto hace al haber de retiro… las y los magistrados del Tribunal Superior de Justicia que concluyan su encargo por no postularse o no haber sido electos en la elección extraordinaria del 2025, no serán beneficiarias de un haber de retiro”.

Ello, a menos que presenten su renuncia al cargo antes del 30 de enero para concluir su encargo el 31 de agosto de este año, en cuyo caso, el haber de retiro al que serán acreedores será proporcional al tiempo de su desempeño.