10 de diciembre - 2024
Así como los tiempo y reglas del procedimiento
Por Selene Sosa
Con el propósito de sentar las bases, tiempos y reglas para el Proceso Electoral Extraordinario de 2025, en el que se elegirán ministros, magistrados y jueces, en el Congreso de Tlaxcala, se formuló la armonización de la Reforma Constitucional al Poder Judicial, así como las bases, tiempos y reglas para dicho proceso y la incorporación de un Libro Sexto.
El Diputado Vicente Morales Pérez, de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), planteó la armonización al marco jurídico electoral local para la realización del proceso comicial que tendrá lugar el 01 de junio de 2025, para la elección de ministros, magistrados y jueces del orden federal y la implementación de un libro guía.
“Proponemos incorporar a la Legislación Electoral un Libro Sexto denominado “De la Integración del Poder Judicial del Estado”, en el que se establezcan las reglas de participación de la ciudadanía en la renovación del Poder Judicial del Estado, el Proceso Electoral en lo que respecta a sus disposiciones generales, las reglas correspondientes para la postulación de candidaturas misma que contendrá fechas y plazos de cumplimiento y la emisión de la Convocatoria por parte del Congreso del Estado”.
Con dicho libro, expuso el integrante de la LXV Legislatura, “se establecerá el procedimiento de postulación; los actos previos organizativos del proceso; la regulación de las campañas, encuestas y estudios de mercado; la regulación técnica de las Mesas Directivas de Casillas, junto con su capacitación.
Además de la regulación de la elaboración del material electoral; los tiempos de radio y televisión y todo lo correspondiente a las campañas electorales; el uso del listado nominal de electores; la promoción de la participación ciudadana; el proceso fiscalizador; y la regulación de la propia jornada electoral, así como el cómputo de los votos y el procedimiento de sumatoria.
Para ello, el Presidente del Comité de Administración del Congreso Local propuso Reformar el Artículo 1, 11 Primer Párrafo, 17 Primer Párrafo, 20, 24 Fracción IV, 29 Inciso B), 30 Primer Párrafo.
así como Adicionar un Inciso Q) al Artículo 4, la Fracción IV al Artículo 109, un Inciso E) al Artículo 181 y un Libro Sexto denominado “De la Integración del Poder Judicial del Estado” con sus Artículos 395 a 463, todos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala.
“Con esta armonización, damos un paso fundamental en la consolidación de la democracia judicial en el país, ajustando los parámetros normativos del Estado de Tlaxcala a los marcos establecidos por la Reforma Judicial, siento parte fundamental de esta nueva historia que se escribe con hechos”, indicó Morales Pérez.