Municipios deberán incluir la perspectiva ambiental a sus presupuestos de egresos: Jaciel González
29 de octubre - 2024

La propuesta fue turnada a comisiones para su análisis y dictaminación

Por Selene Sosa

Este martes, el diputado Jaciel González Herrera hizo uso de la Máxima Tribuna en el Estado para presentar su propuesta de Reformas al Código Financiero y a la Ley Municipal para que los Ayuntamientos incluyan la perspectiva medioambiental y destinen un mínimo del tres por ciento de su presupuesto total para acciones de desarrollo y bienestar ambiental.

El legislador del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) apuntó que uno de los derechos humanos fundamentales es el del medioambiente, pero que este no debe limitarse puesto que requiere garantizarse que el medio ambiente sea sano.

En ese sentido, González Herrera presentó su Iniciativa para Reformar el Párrafo Segundo del Artículo 273 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios para que en este se incluya la “perspectiva medioambiental” y la obligación para los Ayuntamientos de destinar al menos el 3 por ciento de su presupuesto total en la materia.

Es decir, las y los presidentes municipales deberán incluir en su Presupuesto de Egresos un plan para el desarrollo y bienestar ambiental, “evaluando los programas y proyectos de manera que se alcancen los objetivos para la protección, preservación, restauración y mejora del hábitat”.

Asimismo, en su Iniciativa incluyó la Adición de un Artículo 92 Quinquies, al Capítulo I denominado “De la Planeación”, del Título Cuarto denominado “De la Planeación, Presupuesto y Gasto Público” de la Ley Municipal del Estado para que se incluya la perspectiva medioambiental.

Lo que significa que quedaría de la siguiente manera: “IV. Aprobar su presupuesto anual de egresos con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y de cuidado medioambiental…”.

El Plan Municipal deberá ser publicado en el Periódico Oficial del Estado en los primeros cien días del inicio de la administración y tendrá una revisión al término de la misma, la cual debe incluir un “Dictamen de Congruencia” a la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda (SOTyV); de incumplir con el plan, el ayuntamiento deberá actualizarlo en el lapso de un año.

Cabe señalar la propuesta del integrante de la LXV Legislatura fue turnada a las Comisiones Unidas de Finanzas y Fiscalización y Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su análisis y dictaminación correspondiente.