Gana trabajadora del Sindicato ‘7 de Mayo’ amparo y protección
21 de mayo - 2024

Pese a los recursos presentados por el Gobierno del Estado

Por Selene Sosa

En nueve meses, tras la presentación de un amparo, el Poder Judicial de la Federación dictó al Gobierno del Estado de Tlaxcala garantizar el derecho a la salud y a la protección de la vida de una trabajadora adherida al Sindicato “7 de Mayo”, quien acusó la carencia de medicamentos y médicos especialistas para recibir atención por su enfermedad crónico degenerativa.

Es preciso recordar que, el pasado 16 de agosto de 2023, este medio de comunicación dio a conocer el amparo presentado por una trabajadora de Gobierno, promovido por la activista en derechos humanos, Yeny Chárrez Carlos, para exigir al sexenio de Lorena Cuéllar Cisneros, el abastecimiento de medicamentos para la quejosa.

Y es que, un mes antes, la administración estatal de la electa de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) en Tlaxcala, impuso los Módulos Médicos de Salud Integral, cuyo convenio venció el pasado 31 de diciembre y que, a la fecha, se desconoce bajo qué criterios opera.

Dichos “módulos” fueron señalados por no otorgar el servicio médico para las y los trabajadores de gobierno como con el anterior sistema, incluso hubo diversas modificaciones de la base trabajadora por tal “imposición”.

A raíz de ello, la activista presentó el primer amparo en contra de dichos “módulos”, en ese entonces un Juez Federal concedió la medida, en respuesta a la demanda de amparo urgente “por peligro en la salud, vida y mínimo vital”.

Sin embargo, fue hasta recientes días que el amparo se ganó a favor de la trabajadora, quien padece nefritis lúpica y quien deberá obtener sus medicamentos de calidad, consultas con especialistas, estudios clínicos y otros servicios de salud por parte de cualquier institución pública, siendo el Gobierno Lorenista el responsable de cubrir con dichos gastos.

Cabe señalar que, dicho amparo se presentó en contra de la Oficial Mayor de Gobierno (OMG), la Directora de Adquisiciones y Contratación de Servicios de la OMG, el titular de la Secretaría de Gobierno (SEGOB), la Directora General de Pensiones Civiles del Estado de Tlaxcala y la Operadora de Servicios Médicos ML, Sociedad Anónima de Capital Variable.

Tras el debido procedimiento, la autoridad federal determinó “quien esto resuelve estima que son fundados los conceptos de violación hechos valer por la quejosa, atendiendo a la causa de pedir, y suficientes para conceder el amparo solicitado”.

Por lo que instruyó, “se estima que debe seguir proporcionándosele (por parte del Gobierno Estatal) tanto el servicio médico como el suministro de medicamentos, o, en su caso, gestionar que se le continúe brindando el mismo en las instituciones respectivas, clínicas de especialidad, u operadores de servicios médicos, esto es, particulares con los cuales tengan contratados servicios relacionados con seguridad social. Por tanto, es dable concluir que las autoridades responsables configuraron una violación directa al derecho a la salud que goza la hoy quejosa como trabajadora del Estado, al no adoptar las medidas de carácter administrativo y/o logístico para que se le otorgara servicio médico y se le suministraran los medicamentos requeridos a la quejosa, esto es, realizaran las gestiones necesarias para que se le pudiera brindar el mismo al amparo del contrato de prestación de servicios médicos celebrado entre el Ejecutivo del Estado de Tlaxcala y Operadora de Servicios Médicos ML, Sociedad Anónima de Capital Variable, o en su defecto, realizaran las gestiones necesarias para que se le brindara el mismo en diversas clínicas de especialidad o, incluso, en instituciones públicas a cargo del gobierno estatal o federal… En razón de lo anterior es procedente conceder el amparo solicitado por la quejosa…En el entendido que la autoridad responsable… deberá continuar velando por el cumplimiento del punto inmediato anterior, independientemente de la vigencia y celebración de contratos de prestación de servicios médicos”.