1 de febrero - 2024
· Se contempla al Mando Coordinado, un mecanismo subsidiario para los municipios de carácter temporal que procura la prevención del delito y la recuperación de la paz social.
Con el objetivo de dar impulso a una legislación que garantice eficacia en labores de prevención del delito, recuperar el orden y la paz social, además de establecer las bases generales de coordinación entre el Estado, los municipios y demás instancias en materia de seguridad ciudadana, las y los integrantes de la LXIV Legislatura aprobaron la expedición de la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala.
En la máxima tribuna tlaxcalteca, se destacó que la iniciativa preferente remitida por la Gobernadora del Estado y el Secretario de Gobierno a esta Soberanía resulta de suma importancia, ya que contribuye a establecer con mayor precisión el marco de coordinación en la materia, además de favorecer a la adecuada implementación de planes, programas, estrategias, operativos y acciones de las instituciones de seguridad ciudadana, y la participación de los sectores privado y social en coadyuvancia con las autoridades en tareas de prevención.
Dicha Ley incorpora la figura de Mando Coordinado, como un esquema de colaboración y coadyuvancia en el Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana, constituyendo un mecanismo subsidiario para que las instituciones estatales de seguridad ciudadana intervengan en los municipios, a petición de los gobiernos municipales, con carácter temporal, a fin de procurar que estén en condiciones de continuar su operación y de manera conjunta se definan las acciones de seguridad y recuperación de la paz social.
En ese sentido, el Mando Coordinado podrá tener una temporalidad máxima de dieciocho meses, con opción a prorrogarse en caso de mantenerse las condiciones de deterioro institucional y de tejido social que le dieron origen, y podrán disolverse luego que se restituyan las condiciones de tranquilidad y orden.
También se contempla en dicha Ley el establecimiento de las bases para la evaluación, supervisión y cumplimiento de las medidas cautelares y providencias precautorias previstas en el Código Nacional de Procedimientos Penales; promover la sensibilización y profesionalización de las instituciones de seguridad con base en perspectiva de género y derechos humanos; la atención oportuna y eficiente de las instituciones de seguridad; coadyuvar en la organización del tránsito de vehículos en las vías públicas; proveer el orden y seguridad en los Centros de Reinserción Social del Estado, entre otras acciones.
Finalmente se puntualizó que la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala se normará la capacitación, certificación y evaluación constante de los elementos adscritos a las instituciones policiales, además de velar por que obtengan la acreditación correspondiente.
Otro tópico importante de la Ley consiste en la previsión del Consejo Estatal, como un órgano colegiado que constituye la instancia superior de coordinación del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana, que tendrá por objeto establecer las políticas, estrategias y acciones en la materia.
De esta manera, las y los legisladores reafirman su compromiso en beneficio de las y los tlaxcaltecas.