23 de noviembre - 2023

Por José Luis Ahuactzin
Una vez que concluya el proceso electoral local y se concreten los reacomodos políticos, en septiembre de 2024 comenzará la vigencia para restringir a agresores de mujeres que ocupen cargos públicos como candidaturas de elección popular, tras aprobarse una reforma constitucional en el Congreso local.
Durante la sesión ordinaria de este jueves, los diputados locales aprobaron que desde la Constitución del Estado, se ‘prohíba para aspirar o ejercer determinados cargos, de elección popular, o de nombramiento, cuando la persona en cuestión tenga antecedentes de haber incurrido en violencia de género, haber cometido algún delito sexual, o ser deudor alimentista…’.
Dicha reforma aprobada, contempla la adición de un artículo 24 Bis, que señala que, ‘Sin perjuicio de los requisitos que en cada caso deban cumplirse, conforme a la normatividad que rija la materia, no podrá ser electa o designada, para ocupar algún cargo público, o para ejercer algún empleo o comisión en los poderes públicos del Estado, en los gobiernos municipales o en los órganos autónomos…’.
Además de ello, el dictamen aprobado, señala los 3 casos de prohibición, por ejemplo, el primero, que ‘Mediante sentencia firme, sea declarada responsable de violencia familiar o doméstica, o de violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos…’
La segunda restricción será que por ‘sentencia firme, sea condenada por la comisión de algún delito contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual, o contra la intimidad sexual…’.
Y la tercera, que ‘Por medio de resolución firme, haya sido declarada deudora alimentaria y se encuentre en mora en el cumplimiento de su obligación alimentaria o esté inscrita, con registro vigente, en algún padrón de personas deudoras alimentarias; salvo que acredite estar al corriente en el pago, pague en su totalidad la deuda o garantice su cumplimiento, por alguno de medios establecido en la ley…’.
No obstante, la reforma aprobada en su artículo segundo transitorio, señala que la vigencia de la reforma será a partir del 1 de septiembre del 2024; por ello, será remitida a los 60 ayuntamientos para su aprobación en Cabildos.
Es de mencionar que la reforma fue aprobada por 19 votos de los 25 que integran la Legislatura, pero derivado de que solo habían 15 diputados, previo a la votación, la presidenta de la Mesa Directiva Mónica Sánchez, ordenó un receso mientras llamaban a los diputados que pasaron lista y abandonaron el salón de sesiones.
