Inhabilitó Función Pública a ex rector de la UPTlax; se ampara y le niegan
13 de abril - 2023

Por José Luis Ahuactzin

Se trata del ex rector de la Universidad Politécnica de Tlaxcala (UPTlax) Narciso Xicohténcatl, quien fue inhabilitado por 1 año para ejercer cargos públicos por la Secretaría de la Función Pública del gobierno del estado (SFP), derivado de irregularidades detectadas dentro de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal del 2015.

La sanción derivó de un Procedimiento de Responsabilidad Administrativa (PRA), el  65/2017/DJ/DRA, iniciado en su contra por la función indebida cuando se desempeñó como rector de la Universidad en el 2015; y por ello buscó amparase ante el Juzgado Segundo de Distrito con sede en Tlaxcala y se le negó.

De acuerdo con la sentencia dentro del expediente 67/2023-M, el juez determinó que los conceptos de violación señalados por Narciso Xicohténcatl contra la SFP son infundados, `ya que el dictamen emitido por el Congreso (de Tlaxcala) solo fue en cuanto a la fiscalización de los recursos otorgados, no la responsabilidad administrativa por otorgar estímulos sin autorización…´.

Es decir, que en el 2015 al ex rector le fue observado `el pago de estímulo económico a trescientos diecinueve servidores públicos de la Universidad Politécnica de Tlaxcala, igual a treinta días de salario, más una bonificación del impuesto sobre la renta (ISR) equivalente al importe de la retención del citado impuesto, sin que justificara los motivos del otorgamiento ni la autorización de su junta directiva. De igual forma, la retención del importe del impuesto sobre la renta, fue menor a la cantidad que corresponde…´.

Adicionalmente, también le observó el Órgano de Fiscalización (OFS) `que la partida del gasto 1342, compensaciones se encontraba sobregirada de forma anual…`, `OBSERVACIÓN 11, RECURSOS PROPIOS, la obra de construcción lago artificial, presentó un importe devengado superior al contratado, sin evidencia de un convenio modificatorio, pero fue aclarada y el resto no.

`Observación que quedó evidenciada con el informe de resultados de la revisión y fiscalización superior de la cuenta pública del ejercicio fiscal dos mil quince, concatenado con el dictamen de la cuenta pública de dos mil quince, de la Comisión de Finanzas y Fiscalización de la LXI Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, por el que se determinó aprobar el mismo con la salvedad de las observaciones que no fueron solventadas de tipo administrativo, de estos documentos, concluyó que la prueba plena de que los quejosos incumplieron con sus funciones era el resultado de la observación que no fue solventada y que un ente que fiscalizó a la universidad lo determinó…´, señala la sentencia de fecha 15 de marzo del presente año.