Del total de recursos de revisión, en Tlaxcala el 65.3% son desechados
2 de octubre - 2022

Además de que sólo registró el número de solicitudes respondidas para una de 17 instituciones

Por Selene Sosa

El pasado 28 de septiembre se conmemoró el Día Internacional del Acceso Universal a la Información por lo que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reveló que, en 2020, en Tlaxcala, el 65.3 por ciento de los recursos de revisión, por anomalías en las respuestas a las solicitudes de información, fueron desechados por los entes públicos.

La información proporcionada por el INEGI es resultado de los Censos Nacionales de Gobierno Federal, Estatales y Municipales, así como de los Censos Nacionales de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales 2021.

Dichos censos revelaron que, a nivel nacional los sujetos obligados recibieron un total de 853 mil 974 solicitudes de información, mientras que en el ámbito estatal se recibieron 646 mil 442, siendo la Ciudad de México, el Estado de México, Veracruz y Guanajuato las entidades con más solicitudes.

Tlaxcala, por su parte, es la segunda entidad a nivel nacional con menor número de solicitudes, reportando solamente 0.4 por ciento de las recibidas en el ámbito estatal, justo detrás de Morelos con 0.1, dejando en tercer lugar a Colima con 0.6.

Durante el mismo periodo de referencia, “La tasa de respuesta de los sujetos obligados del país fue de 74.5 por ciento de las solicitudes de acceso a la información que recibieron” sin embargo, se excluyeron los estados de Tlaxcala, Hidalgo, Querétaro, Sinaloa, Tamaulipas, San Luis Potosí y Puebla ya que sólo registraron el número de solicitudes respondidas por uno de los 17 entes.

El INEGI señala que “Si la respuesta que dan los sujetos obligados está incompleta, no es oportuna o no corresponde con lo solicitado —entre otras circunstancias—, los ciudadanos pueden presentar un recurso de revisión” ante el organismo garante.

Derivado de lo anterior, Tlaxcala nuevamente se posiciona entre las entidades con menor cantidad de recursos de revisión recibidos con un 34.7 por ciento, justo detrás de Chiapas con 32.4 y Oaxca con 30.2 por ciento, siendo estos el segundo y primer lugar respectivamente.

Cabe mencionar que “En México, el derecho de acceso a la información se fundamenta en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En él se señalan los distintos aspectos que definen este derecho, así como las instituciones del ámbito público, social y privado que están obligadas a publicar la información e instaurar mecanismos de acceso a la misma. También establece los principios rectores para el actuar de los sujetos obligados a fin de garantizar su ejercicio. Además, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) establece las directrices e institucionalidad que permiten el ejercicio y garantía de este derecho por parte de las instituciones públicas y privadas que ejerzan actos de autoridad o manejen recursos públicos”.