Infundados agravios del PEST y PISS contra elección de la gubernatura
16 de julio - 2021

Confirma TET validez de la elección, cómputo y constancia de mayoría a favor de Lorena Cuéllar

Por José Luis Ahuactzin

Al resolver tres medios de impugnación sobre el conteo de votos de la elección de la gubernatura, uno del PEST y dos del PISS, magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) calificaron sus agravios como infundados e inoperantes y dejaron firme el triunfo de Lorena Cuéllar Cisneros con su votación obtenida superior a los 305 mil sufragios.

Durante la sesión pública no presencial la tarde noche del jueves, tácitamente los magistrados también ratificaron los acuerdos del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), por el que ambos partidos políticos pierden su registro al no haber alcanzado la votación del 3 por ciento, al ser improcedentes sus medios de impugnación que pretendían un recuento de votos.

En el caso del expediente TET-JE-133/2021 que promovió el PEST, este acusó que en los distritos electorales 2, 3, 9, 12 y 14 los resultados eran diferentes a los que ellos contabilizaron, pero la revisar las 15 actas distritales se confirmó el resultado de la votación y no hubo modificación.

Otro de los agravios que acusó el ex dirigente y diputado, es que -según su versión- la Ley General de Partidos Políticos le da la razón de que ‘la suma distrital de los votos se debe distribuir igualitariamente entre los partidos que integran la coalición y de existir fracción, los votos correspondientes se asignaran a los partidos de más alta votación…’.

Sin embargo, para los magistrados esa interpretación es errónea, ya que lo correcto es ‘en consideración de cada una de las combinaciones de votos en las que resulte marcado el emblema de cada partido político…’, así quedó establecido en el acuerdo de lineamientos para regular el desarrollo de cómputos electorales.

Respecto del caso del PISS que promovió dos juicios electorales el TET-JE-194/2021 y el TET-JE-475/2021, los magistrados también declararon infundados los poco más de 15 agravios, entre ellos, la nulidad de la elección a la gubernatura y por el ‘condicionamiento y amenazas durante la contienda electoral, pues existieron quejas que aparecen en los paquetes electorales, presentados por los ciudadanos, militantes y candidatos…’, fueron declarados inoperantes ya que a criterio de los magistrados son ‘manifestaciones genéricas’ que no lograron documentar sus dichos y no se actualiza ninguna versión.

Y en la controversia del resultado de la elección a la gubernatura en la que obtuvo el triunfo Lorena Cuéllar Cisneros, el partido político presentó fuera del plazo legal de 4 días su medio de impugnación, pues el conteo oficial se llevó a cabo el 13 de junio y tenia 4 días, a partir del 14, para promover su juicio y lo hizo hasta el día 23 de junio, por lo que fue desechado de plano.