CDMX. Corte suspende política eléctrica de Rocío Nahle
29 de junio - 2020

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación paralizó la política de la Secretaría de Energía, ya que consideró que elimina la posibilidad de que el sector eléctrico opere en condiciones de competencia y eficiencia.

Fuente: MILENIO 

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación paralizó la política energética de la secretaria de Energía, Rocío Nahle, porque concedió una suspensión a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), organismo que interpuso una controversia constitucional.

La Cofece estimó que la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), emitida por la Secretaría de Energía en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de mayo de 2020, violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de modo que afecta su mandato constitucional e invade su esfera competencial.

El ministro admitió a trámite la controversia y emitió un acuerdo donde otorgó la suspensión para que “se suspendan todos los efectos y consecuencias del Acuerdo por el que se emite la Política”.

La Cofece consideró que la Política es contraria al contenido de los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad.

“El instrumento publicado en el DOF afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector.

“Ello porque la Política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica”, indicó la Cofece.

¿Qué es la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional?

La Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional es la herramienta publicada por la Secretaría de energía en el Periódico Oficial de la Federación el pasado 15 de mayo en el que se establecen los lineamientos generales sobre el actuar de todas las autoridades en el sector energético.

De acuerdo con lo publicado, «el objetivo de la Política es establecer lineamientos generales que permitan a las autoridades competentes dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 132 de la LIE, a efecto de garantizar el suministro eléctrico, bajo el principio de Confiabilidad (…) y supervisar el Funcionamiento Eficiente del Sistema Eléctrico Nacional».

La Sener explica que el nuevo ordenamiento fue emitido, luego de que, afirmó, «se identificó que la atención a la Confiabilidad corresponde sólo al mercado de balance de potencia, por lo que (la política emitida en 2017) resulta claramente insuficiente en términos de lo que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de la Industria Eléctrica, la Ley de Transición Energética y sus reglamento».En el documento se establecen diferentes competencias de la Comisión Reguladora de Energía y del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), entre las que destaca el artículo 9.9, que dice:»9.9.

El Cenace definirá las Características Específicas de la Infraestructura Requerida en la Redes Nacionales de Transmisión y las Redes Generales de Distribución del Mercado Eléctrico Mayorista, de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas vigentes y con las especificaciones técnicas generales que emita el Cenace, autorizadas por la CRE y, en ausencia de éstas, con las especificaciones del Transportista o Distribuidor para instalaciones similares, así como para asegurar el cumplimiento las Disposiciones Administrativas de Carácter General expedidas por la CRE, las Disposiciones Operativas del Mercado y los procedimientos para el Control Operativo del SEN».

Además, el artículo 3.3 establece que:

«3.4. El CENACE actualizará, elaborará, aplicará y emitirá Disposiciones Operativas del Mercado».

Cofece acusa invasión de facultades y afectaciones a la estructura económica del sector

El sábado pasado, la Comisión Federal de Competencia Económica presentó una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia contra la política emitida por la Sener a que consideró que invade sus facultades y violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución de México.

«La Cofece considera que la Política es contraria al contenido de los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad», afirmó el organismo en un comunicado.

Señaló que la política elimina la posibilidad de que el sector de electricidad opere en condiciones de competencia y eficiencia; así como que compromete el acceso libre a las Redes Nacionales de Transmisión.

Además, señaló que «otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica».

La controversia fue resuelta hoy por la SCJN a favor de la Cofece, por lo que paralizó la política emitida por la Sener.