13 de febrero - 2020
Fuente: PROCESO
El exdirector de Pemex, Emilio Lozoya Austin, seguirá en prisión provisional su proceso de extradición a México por el “fundado riesgo de fuga”. Así lo señalala resolución que dictó este mediodía el magistrado Ismael Moreno, titular del Juzgado central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional.
El magistrado explica que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita –equiparable al de blanqueo de capitales en España—supone una pena máxima de 15 años.
Durante la comparecencia que se celebró por videoconferencia desde un juzgado de Marbella, el juez Moreno preguntó expresamente a Emilio Lozoya, quien respondió al magistrado no aceptar la extradición.
Este, que es un procedimiento habitual –puede aceptar una extradición inmediata o no— abre la puerta a que se realice un largo proceso ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. En ese caso la Fiscalía General de la República (FGR) mexicana presentará por vía diplomática, en un plazo de 45 días –computados desde el 12 de febrero— toda la motivación, argumentación y pruebas que soportan el caso que le sigue al extitular de Pemex en México.
En el auto, el magistrado considera que existe “fundado riesgo de fuga en caso de que el reclamado sea puesto en libertad”. Destaca que en el momento de su detención Lozoya iba en un taxi con una licencia de conducir mexicana con su fotografía pero a nombre de otra persona, Jonathan Solís Fuentes, “de lo que se desprende una intención de sustraerse a la acción de la justicia”.
También tuvo en cuenta que Lozoya Austin no tiene arraigo laboral ni de domicilio en España. Llegó a España “hace solo dos días, según ha manifestado él mismo”, por lo que el magistrado acordó la medida de prisión provisional incondicional y comunicada”.
Contubernio
El exdirector de Pemex y durante un tiempo miembro del círculo cerrado del entonces presidente Enrique Peña Nieto, fue detenido este miércoles 12 a las 14:15 en Málaga por agentes del Grupo de Delincuencia Internacional de Policía Nacional. Es reclamado por las autoridades judiciales mexicanas, en virtud de la Orden de Detención Internacional (expediente 2019/58029) emitida el 27 de mayo de 2019.
El auto del juez Moreno destaca un párrafo de la orden internacional de captura. Esta señala que Lozoya “adquirió un bien inmueble dentro del territorio nacional (México), con conocimiento de que los recursos proceden de una actividad ilícita, con el propósito de ocultar el origen o propiedad de los recursos o alentar una actividad ilícita con contubernio de los imputados Alonso Ancira Elizondo y Gilda Susana Lozoya Austin. Crearon un elaborado esquema destinado a operar recursos de procedencia ilícita dentro del Sistema Financiero Nacional” para ocultar el origen, destino y beneficiario final de los mismos.
Todo ello en virtud de posibles actos de corrupción vinculados con el ofrecimiento de contratos ilícitos a su favor por parte de Petróleos Mexicanos y “causando grave perjuicio al Estado mexicano”.
Sobre esta resolución cabe recurso de reforma ante el propio juzgado Central de Instrucción número 2 en un plazo de tres días y, en su caso, de apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que ha de interponerse en el plazo de cinco días.