Presentó Tlaxcala sólo un registro de intención de ser candidato independiente a diputado federal
5 de octubre - 2017

Con el registro de una manifestación de intención para ser candidato independiente por una diputación por el principio de Mayoría Relativa para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, presentada en la Junta Distrital 02 del Instituto Nacional Electoral (INE) en Tlaxcala, el pasado miércoles 4 de octubre venció el primer plazo marcado por la Convocatoria emitida por el Consejo General el 8 de septiembre, específicamente para este tipo de elección.

Esta única manifestación de intención fue presentada por el ciudadano Rogaciano Gustavo Otero Ortiz, en las instalaciones de la Junta Distrital 02, a las 18:47 horas del miércoles pasado; fue avalada por la Asociación Civil denominada “Tlaxcala Independiente 2018”.

De acuerdo con la convocatoria aún permanecen abiertos los periodos para que la ciudadanía interesada en postularse bajo la figura de candidatura independiente para los cargos de Presidente o Presidenta de la República y Senador o Senadora, cuyo término será el 8 y 9 de octubre, respectivamente.

En la invitación pública se establece que las y los ciudadanos interesados deberán reunir los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

La manifestación de intención deberá dirigirse a la instancia señalada – la de Presidente o Presidenta de la República, ante la Secretaría Ejecutiva del INE en México; la de Senador o Senadora, ante la Junta Local Ejecutiva de Tlaxcala y la de Diputado o Diputada, ante las Juntas Distritales asentadas en la entidad- y presentarse por escrito, en original, con firma autógrafa en el formato señalado en el anexo 11.2 del Reglamento de Elecciones, disponible en la página electrónica del INE.

Entre otros aspectos, los aspirantes deberán proporcionar una cuenta de correo electrónico; la manifestación de intención deberá acompañarse con la copia certificada del Acta Constitutiva de la Asociación Civil integrada, al menos por la o el aspirante, su representante legal y la o el encargado de la administración de los recursos de la candidatura independiente. El acta deberá contener sus estatutos, los cuales deberán apegarse al modelo único establecido en el anexo 11.1 del Reglamento de Elecciones.

Además, entre otros documentos deberán anexar copia simple de cualquier instrumento emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el que conste el Registro Federal de Contribuyentes de la Asociación Civil; copia simple del contrato de la cuenta bancaria aperturada a nombre de la Asociación Civil, en la que se recibirá el financiamiento privado, y, en su caso, público por gastos de campaña; opcionalmente, podrá entregar el emblema que le distinga durante la etapa para recabar el apoyo de la ciudadanía.

En otra parte de la convocatoria se indica que de resultar procedente la manifestación de intención se expedirá constancia a la ciudadana o ciudadano interesado y a partir de ese momento adquirirá la calidad de aspirante a candidato o candidata independiente.

Las constancias de aspirante deberán entregarse en el domicilio señalado por los interesados para oír y recibir notificaciones y deberán emitirse para todas las personas que hayan cumplido con los requisitos en las siguientes fechas: Presidente o Presidenta entre el 9 y 13 de octubre de 2017, dependiendo de que existiera o no un requerimiento legal; Senador o Senadora, del 10 al 14 de octubre y Diputado o Diputada del 5 al 11 de octubre del presente año.

Las y los aspirantes podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo requerido, por medios distintos a la radio y televisión, a partir del día siguiente a la emisión de su constancia de aspirante, que, para el caso de Presidente o Presidenta es el 6 de febrero de 2018; Senador o Senadora el 8 de enero de 2018; mientras que Diputado o Diputada será el 4 de diciembre de este 2017.

La Convocatoria marca que para el cargo de Presidente o Presidenta, los aspirantes a candidatos independientes deberán reunir un total de 866 mil 593 firmas, además de contar con apoyo equivalente al uno por ciento de la Lista Nominal en por lo menos la mitad más uno de las entidades o distritos electorales, según sea el caso.

En tanto que los aspirantes a Senador o Senadora por Tlaxcala tendrán que reunir un total de 17 mil 877 apoyos ciudadanos, además de contar con apoyo equivalente al uno por ciento de la Lista Nominal en por lo menos la mitad más uno de las entidades o distritos electorales, según sea el caso.

Los aspirantes a diputados, por su parte, en el caso de Tlaxcala, deberán reunir, en el Distrito 01 un total de cinco mil 825 firmas; en el Distrito 02, seis mil 47 y, en el Distrito 03, cinco mil 993, de acuerdo con el contenido del documento “cantidades equivalentes al porcentaje de apoyo ciudadano para candidaturas independiente”, disponible para su consulta en la página electrónica del INE www.ine.mx/candidaturasindependientes