Coincide Juan Corral en reformar la Constitución en materia de justicia laboral
3 de noviembre - 2016

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Ciudad de México.- El diputado federal por Tlaxcala, Juan Corral Mier, dijo estar a favor de reformar los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia laboral, para mejorar las condiciones de los trabajadores.

En la séptima reunión ordinaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados Federal, el legislador tlaxcalteca, en su carácter de secretario, informó que la minuta enviada por el Senado de la República fue revisada por los integrantes de las Comisiones de Puntos Constitucionales, Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, por lo tanto, anunció que en breve será votada en el Pleno de la Cámara Baja.

Agregó que dentro los considerandos, los legisladores federales reconocieron la importancia y trascendencia de la iniciativa de reforma en materia de justicia laboral enviada por el Presidente de México.

Corral Mier, expuso que las modificaciones a los artículos 107 y 123 de la Constitución garantizan una profunda transformación del sistema de justicia laboral, lo que a su vez involucra a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en el ámbito federal y local.

“La intención es acabar con todo espacio susceptible a tutelar inercias, vicios y prácticas que durante el desarrollo de un conflicto laboral dan lugar a la incertidumbre jurídica de las partes”.

Agregó que las modificaciones a estos artículos también buscan eliminar aspectos que hacen de la justicia laboral lenta, costosa y de difícil acceso, así como combatir la parcialidad, simulación, discrecionalidad y opacidad.

El Diputado por Tlaxcala señaló que es idóneo replantear y modernizar a las instituciones, generar políticas públicas que observen los principios de legalidad, imparcialidad, equidad, transparencia, eficacia, certeza, independencia, objetividad, profesionalismo, publicidad, confiabilidad y autonomía.

Confió en que el Pleno de la Cámara Baja respalde el trabajo de los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, en virtud de que son necesarias las modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los Artículos que se refieren a la justicia laboral.