ITE modifica tercera regiduría en Apizaco; tras acatar resolución del TET
30 de junio - 2016

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Por José Luis Ahuactzin

El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), modificó las regidurías del PRI para el Ayuntamiento de Apizaco y durante la sentencia acatada se determinó que el tercer regidor será Javier Islas Sánchez el que integrará el cabildo.

Luego de un litigio en el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) promovido por el PRI ya que alegó que el Consejo General del ITE cambio las posiciones de sus candidatos a regidores de manera ilegal pues de inicio el registro quedó que Javier Islas Sánchez, sería primer regidor; y como tercer regidor, José Arturo Hernández Roldán.

Tras documentarse que el presidente del PRI, José Luis Ramírez Conde no aprobó ni firmó la sustitución de candidaturas y que el candidato Javier Islas Sánchez tampoco firmó alguna renuncia a la candidatura, se comprobó que el ITE no cumplió con las documentales sobre quién solicitó esa modificación y el por qué fue modificada.

No obstante a que el TET ordenó modificar el acuerdo del Consejo General ITE-CG-258/2016, este se llevó a cabo la tarde de este jueves en la sesión ordinaria para dejar a salvo el acuerdo ITE-CG-103/2016 cuyos candidatos iniciales son Javier Islas Sánchez y José Arturo Hernández Roldán, primer y tercer regidor.

No obstante a acatar la sentencia, el Consejo General del ITE deberá dar parte a la Procuraduría General de Justicia del Estado (Pgje) para que investigue la posible sustracción de documentos que motivaron a la sustitución de candidaturas.

“En razón de las imposibilidades manifestadas por las autoridades, Presidenta, Secretario Ejecutivo, Presidenta de la Comisión de Denuncias y Quejas y Responsable Distrital Electoral adscrita a la Dirección de Organización Electoral, Capacitación y Educación Cívica del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones y Encargada del Área de Registro de Candidatos, todos del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones; las irregularidades ocurridas incluyendo la pérdida del expediente original, y a efecto de que sean más diligentes con la información que manejan, se ordena dar vista al Ministerio Público adscrito a la Procuraduría General de Justicia del Estado, así como al Consejo General del Instituto Nacional Electoral…”, refiere la sentencia del TET.